El Tribunal de Justicia declara inválida la Decisión de la Comisión que declaró que Estados Unidos garantiza un nivel de protección adecuado de los datos personales transferidos

Aunque el Tribunal de Justicia tiene competencia exclusiva para declarar la invalidez de un acto de la Unión, las autoridades nacionales de control a las que se haya presentado una solicitud pueden, aun cuando una Decisión de la Comisión declare que un país tercero ofrece un nivel de protección adecuado de los datos personales, examinar si la transferencia de los datos de una persona a ese país respeta las exigencias de la legislación de la Unión sobre la protección de esos datos así como acudir ante los tribunales nacionales, al igual que la persona interesada, con el fin de que éstos planteen una cuestión prejudicial sobre la validez de esa Decisión.

La Directiva sobre el tratamiento de los datos personales 1 dispone que en principio sólo se pueden transferir dichos datos a un país tercero si éste garantiza un nivel de protección adecuado de dichos datos. También conforme a la Directiva, la Comisión puede declarar que un país tercero garantiza un nivel de protección adecuado en razón de su legislación interna o de sus compromisos internacionales. Por último, la Directiva determina que cada Estado miembro debe designar una o varias autoridades públicas encargadas de controlar la aplicación en su territorio de las disposiciones nacionales adoptadas sobre la base de la Directiva («autoridades nacionales de control»).

El Sr. Maximillian Schrems, ciudadano austriaco, es usuario de Facebook desde 2008. Como ocurre con los demás usuarios que residen en la UE, los datos proporcionados por el Sr. Schrems a Facebook se transfieren total o parcialmente de la filial irlandesa de dicha red social a servidores situados en territorio de los Estados Unidos, donde son objeto de tratamiento. El Sr. Schrems presentó una denuncia ante la autoridad irlandesa de control, considerando que, a la luz de las revelaciones realizadas en 2013 por el Sr. Edward Snowden en relación con las actividades de los servicios de información de Estados Unidos (en particular, la National Security Agency o «NSA»), la normativa y la práctica de Estados Unidos no garantizaban una protección suficiente de los datos transferidos a ese país frente a las actividades de vigilancia por las autoridades públicas. La autoridad irlandesa desestimó esa reclamación debido en particular a que, en su Decisión de 26 de julio de 2000 2 la Comisión había considerado que, en el marco del régimen denominado de «puerto seguro», 3 Estados Unidos garantiza un nivel adecuado de protección de los datos personales transferidos. Seguir leyendo en fuente original. 

COMUNICADO DE PRENSA COMPLETO

Los países europeos pueden suspender la transferencia de datos de Facebook a EEUU

Un Estado miembro de la Unión Europea podrá suspender la transferencia de datos de abonados a Facebook a los servidores de EEUU, según ha sentenciado el Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, bajo la premisa de que la supervisión al servicio de inteligencia extranjero es «masiva, no directo».

Las opiniones de los abogados generales de la UE son orientativas pero no vinculantes para la resolución del tribunal. Se trata del caso conocido como Schrems. Maximilian Schrems, ciudadano austríaco, miembro de Facebook desde el año 2008, presentó una denuncia ante las autoridades irlandesas de protección de datos (sus datos se transfieren de la filial irlandesa de dicha red social a servidores de EEUU), al considerar que a raíz del caso Snowden, la normativa y la práctica de EEUU no ofrecía protección real alguna frente a la supervisión, por parte del Estado americano, de los datos transferidos a ese país.

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http://www.elmundo.es/tecnologia/2015/09/23/560266cb268e3e312b8b4574.html

La web del Ayuntamiento de Sevilla permitía acceder a datos confidenciales

Un enlace accesible en Internet proporcionaba sin certificación digital información personal, bancaria y tributaria de cualquier sevillano sólo introduciendo su DNI. Ya cortado dicho acceso, el gobierno local investiga lo ocurrido.

La web del Ayuntamiento de Sevilla ha incluido «desde hace meses» un enlace desde el cual se podía acceder a los datos personales, bancarios y tributarios de cualquier persona de la que se conociera el DNI. Así lo ha denunciado este jueves el grupo municipal de Ciudadanos, que ha explicado que a través de un enlace indexado en Google y perfectamente accesible se podía obtener información confidencial sorteando la certificación digital.

«La configuración de la web del Ayuntamiento permite que cualquiera que conozca el DNI de un sevillano tenga acceso a la información sobre su domicilio, sus cuentas bancarias, si tiene deudas o embargos, su coche y su matrícula y si paga los impuestos municipales. Datos todos confidenciales», lamentó Javier Millán, portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Sevilla.

Millán explicó que este «atentado a la intimidad» de los sevillanos se ha venido produciendo «durante meses» a través de un enlace de la propia página web municipal del que eludió dar mayor información «por responsabilidad». «Creemos que debe conocerse esta situación y depurarse responsabilidades, y tenemos documentos notariales que acreditan esta situación de la web municipal», explicó antes de que un miembro de su equipo mostrara que, al terminar la comparecenia, ese acceso irregular aún se mantenía, siendo subsanado apenas dos horas después.

«Este enlace», prosiguió, «está indexado en Google, no es de ayer, y creemos que lleva varios meses, posiblemente seis. Queremos que se protejan los datos y se ponga fin de inmediato a esta vulneración de la Ley de Protección de Datos. Es lamentable este gravísimo escándalo». «Desconocemos los perjuicios que se hayan podido causar porque hay muchos gestores profesionales que se dedican a estos trámites telemáticos, como gestorías, despachos de abogados, departamentos de administración de empresas…» De hecho, relató Millán, la alarma les llegó de uno de estos ámbitos profesionales.

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FUENTE DE LA NOTICIA: DIARIO DE SEVILLA

Las Autoridades europeas de protección de datos aprueban el primer Dictamen conjunto sobre drones

El documento alerta de que la utilización de estas aeronaves plantea riesgos para la privacidad derivados de su capacidad para captar y procesar datos personales, recogiendo las obligaciones que deben cumplirse.

  • Incluye recomendaciones a legisladores, reguladores del sector, fabricantes y operadores, así como a las autoridades que utilicen estas aeronaves en sus funciones de vigilancia y control
  • El Dictamen destaca la posibilidad de establecer “miradores únicos” desde los que recoger fácilmente una amplia variedad de información, por largos períodos de tiempo y abarcando grandes áreas
  • El uso de drones equipados con sensores en un entorno estrictamente personal y doméstico estaría excluido de los criterios del Dictamen

(Madrid, 25 de junio de 2015). Las Autoridades europeas de protección de datos (Grupo de Trabajo del Artículo 29, del que forma parte la AEPD) han aprobado el primer Dictamen conjunto sobre drones, que analiza la incidencia y los riesgos que la utilización de estos vehículos no tripulados plantean para la privacidad y la protección de datos. El Dictamen evidencia los desafíos que supone el despliegue a gran escala de estas aeronaves equipadas con equipos de sensores, al tiempo que ofrece directrices para interpretar las normas de protección de datos en el contexto de los drones.

El marco jurídico aplicable en relación con las implicaciones de protección de datos derivadas del uso de drones en los Estados miembros es la Directiva 95/46, en conexión con la Directiva 2002/58 de Privacidad y Comunicaciones Electrónicas. Asimismo, existen aspectos en las disposiciones legales nacionales aplicables a los sistemas de circuito cerrado de televisión (CCTV, por sus siglas en inglés) que también son de aplicación al uso de drones, en particular en el caso de que estos se utilicen con fines de videovigilancia.

Las Autoridades ponen de manifiesto que hay actividades de los drones que estarían excluidas de la Directiva y, por tanto, de los criterios contenidos en este Dictamen. Entre ellas, el uso de drones en un entorno estrictamente personal y doméstico, teniendo en cuenta que, en todo caso, este no incluiría situaciones de monitorización constante que afecte, aunque sea parcialmente, a espacios públicos.

El Dictamen recoge las obligaciones que deben cumplirse antes de utilizar un dron, como verificar si es necesaria una autorización específica de las autoridades de aviación civil; encontrar el criterio más adecuado para que el tratamiento sea legítimo, o cumplir con los principios de transparencia, proporcionalidad, minimización en la captura de datos o limitación del propósito para el cuál se procesan, entre otras.

El GT29 alerta de los riesgos que pueden surgir como consecuencia de la captación y  procesamiento de información -imágenes, sonido o datos de geolocalización relacionados con una persona identificada o identificable- llevados a cabo por un dron. Entre ellos, destaca la potencial falta de transparencia de ese tipo de tratamiento debido a la dificultad tanto para divisar estos aparatos desde el suelo como para conocer si el dron incorpora el equipo necesario para procesar datos, con qué propósito se están recogiendo y por quién. Teniendo en cuenta la amplia gama de servicios ofrecidos basados en drones, el documento considera de “máxima importancia” el hecho de que el responsable del tratamiento de datos y el encargado del mismo estén claramente identificados para cada tipo de operación efectuada.

Además, el documento destaca que la versatilidad de estos aparatos y la posibilidad de interconectarse entre sí facilitan la posibilidad de establecer “miradores únicos” que permiten recoger fácilmente una amplia variedad de información incluso sin visión directa, por largos períodos de tiempo y abarcando grandes áreas.

En cuanto al procesamiento de datos mediante drones por servicios gubernamentales, el Dictamen especifica que este debe llevarse a cabo dentro de los fines establecidos en la legislación y no deben ser utilizados para la vigilancia indiscriminada, el tratamiento masivo de datos, o la puesta en común de datos y perfiles.

Recomendaciones

El documento también incluye recomendaciones específicas dirigidas a legisladores, reguladores del sector, fabricantes y a quienes manejen drones, así como para las autoridades que utilicen estos dispositivos para el ejercicio de sus potestades. A juicio de las Autoridades, los legisladores y reguladores del sector aéreo deben promover tanto en el ámbito nacional como en el europeo un marco que garantice no sólo la seguridad en vuelo sino el respeto por todos los derechos fundamentales.

En relación con los fabricantes, incide en la necesidad de que estos adopten medidas de privacidad desde el diseño y por defecto, y sugiere realizar evaluaciones de impacto en la protección de datos como una herramienta adecuada para valorar el impacto de las aplicaciones de drones sobre este derecho fundamental. Para incrementar la concienciación entre los usuarios también aconseja que, en el caso de dispositivos de pequeñas dimensiones, se incluya información suficiente relativa al potencial intrusivo de estas tecnologías y, cuando sea posible, mapas que identifiquen claramente dónde está permitido su uso. En cuanto a los operadores de estos aparatos, las Autoridades aconsejan evitar en lo posible volar sobre zonas privadas y edificios, incluso cuando esté permitido su uso.

Finalmente, las Autoridades recuerdan que la recolección de datos personales de drones por parte de autoridades de orden público que utilicen estas aeronaves en sus funciones de vigilancia y control no debe permitir el rastreo constante y, en caso de que este fuera necesario, debe quedar restringido al marco de las investigaciones encaminadas a garantizar el cumplimiento de las normas legales.

Acceso al Dictamen (EN)

Bruselas aprueba la nueva norma de protección de datos que reconoce el ‘derecho al olvido’

Los ministros europeos de Justicia han cerrado este lunes tras tres años de negociaciones un acuerdo político sobre el reglamento de protección de datos personales, que reconoce por primera vez el derecho de los ciudadanos a reclamar el borrado de información personal perjudicial y no pertinente de internet.

«Estamos ante algo muy importante, ya que el nuevo reglamento dará a todos los ciudadanos de la Unión un mayor control de todos sus datos. Ahora podrán pedir el borrado de sus datos en internet», dijo el ministro letón de Justicia, Dzintars Rascnasc, cuyo país ocupa la presidencia de turno de la UE hasta finales de mes.

Rascnasc explicó en conferencia de prensa que esta nueva normativa «va a modernizar los principios generales y va a ofrecer un reglamento armonizado para todos los Estados de la UE». «En caso de incumplimiento todos los ciudadanos podrán presentar una queja garantizando así la protección de sus derechos», añadió.

Recordó que la norma también facilitará que las empresas puedan realizar operaciones transfronterizas y potenciará el desarrollo del mercado único.

Todos los Estados miembros, excepto Austria y Eslovenia, dieron su apoyo al texto de compromiso presentado por la presidencia letona de turno de la UE, que servirá de base para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo el próximo 24 de junio, con vistas a llegar a un acuerdo definitivo antes de finales de año. «Estamos muy satisfechos con cuál ha sido el resultado final, que ahora pasa a esos trílogos para su aprobación futura», declaró tras el acuerdo el ministro español de Justicia, Rafael Catalá.

Explicó que, además de la protección de datos y las garantías, es importante que haya un mercado de datos para las empresas, flexibilidad y que se facilite la actividad económica. El ministro afirmó que en España hay «un buen sistema de protección de datos», y explicó que durante la negociación a las partes las «ha preocupado especialmente reforzar aspectos tales como el tratamiento a los sectores más protegidos, como son los menores».

La nueva normativa tiene por objeto adaptar las reglas vigentes en la UE sobre protección de datos, que datan de 1995, a la nueva realidad de internet y las redes sociales, garantizar un mayor control de los usuarios del tratamiento de sus datos personales en la red y reducir las cargas burocráticas para las empresas por un valor de unos 2.300 millones de euros anuales.

La responsabilidad y la obligación de rendir cuentas para todos los que procesen datos personales, y la obligación de notificar a la autoridad nacional de control toda violación de datos grave lo antes posible, así como de solicitar el consentimiento expreso del usuario para el procesamiento de sus datos son otras de las mejoras que introduce la reforma.

Además, los usuarios que se sientan perjudicados por el tratamiento de sus datos en internet tendrán derecho a reclamar sanciones quepodrán traducirse en multas de hasta un 2 % de la facturación anual o de un máximo de un millón de euros para la empresa que haya infringido el reglamento europeo. Estarán sujetas a estas normas todas las empresas que operen en territorio comunitario con independencia de dónde tengan su sede.

Otra de las posibilidades que ofrece la nueva normativa tiene que ver con la llamada «portabilidad de datos», que permitirá a los usuarios solicitar, por ejemplo, a Facebook que extraiga sus datos personales del sistema para trasladarlos a otra red social que consideren más segura. Una vez que las nuevas reglas entren en vigor, empresas y usuarios podrán beneficiarse también de un sistema de «ventanilla única», dirigido a facilitar la denuncia de abusos de empresas con sede extranjera en los tribunales europeos. «Vamos a darles a los ciudadanos la herramienta que necesitan para ejercer sus derechos ‘on line'», afirmó tras el acuerdo la comisaria europea de Justicia, Vera Jourova.

Los ministros aceptaron sellar el acuerdo para no seguir bloqueando su tramitación tras tres años de debate en el Consejo, se mostraron críticos con diversos puntos de la propuesta aprobada hoy, como la proporcionalidad de las sanciones, la transferencia de datos a terceros países, la protección del derecho de los niños, sobre todo vinculado al derecho al olvido, y las cargas administrativas.

FUENTE: EL MUNDO

La UE sellará un pacto para reforzar la protección de datos personales en internet

Los ministros de Justicia de la Unión Europea (UE) cerrarán previsiblemente este lunes en Luxemburgo un acuerdo político global sobre el nuevo reglamento para reforzar la protección de datos personales en internet, después de tres años de complejas negociaciones por capítulos en el Consejo.

Los Veintiocho reconocerán por primera vez el derecho de los ciudadanos a “ser olvidados” en la red, es decir, a reclamar el borrado de todos aquellos datos personales perjudiciales y no pertinentes.

No en vano recalcarán que habrá que examinarlo caso por caso y garantizar que esa eliminación de información no socava la libertad de expresión e información.

El Tribunal de Justicia de la UE ya se pronunció a favor de este “derecho al olvido” en una sentencia de mayo de 2014 sobre un caso que enfrentaba a Google España y un ciudadano que reclamaba el borrado de sus datos personales, al que dio la razón.

La Comisión Europea (CE) propuso en enero de 2012 reformar las normas de protección de datos vigentes en la UE, que datan de 1995, para adaptarlas a la revolución tecnológica que ha supuesto internet, aumentar el control de los usuarios sobre sus propios datos y reducir las cargas burocráticas para las empresas por un valor de unos 2.300 millones de euros anuales.

La amplitud y complejidad de este dossier se ha traducido en la práctica en tres años de negociaciones en el Consejo de la UE, en los que los Estados miembros ante las dificultades de avanzar acordaron ir pactando capítulos de forma aislada, aunque bajo el principio de que nada estaría oficialmente acordado hasta que se lograse un acuerdo general sobre toda la legislación.

Este es el acuerdo que se espera:

La nueva normativa, entre otras cosas, servirá para reducir la fragmentación en 28 legislaciones nacionales e imponer un mismo criterio de protección de datos en toda la UE, así como para suprimir requisitos administrativos innecesarios como la notificación que se exige en la actualidad a empresas que quieren lanzar un nuevo servicio que implica procesamiento de datos.

Otro de los avances de la reforma, es el refuerzo de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas para todos aquellos que procesen datos personales, y la obligación de notificar a la autoridad nacional de control toda violación de datos grave lo antes posible, así como de solicitar el consentimiento expreso del usuario para el procesamiento de sus datos.

Los usuarios que se sientan perjudicados por el tratamiento de sus datos en internet tendrán derecho a reclamar sanciones que podrán traducirse en multas de hasta un 2 % de la facturación anual o de un máximo de un millón de euros para la empresa que haya infringido el reglamento europeo, según el borrador del acuerdo que intentarán aprobar los ministros.

Estarán sujetas a estas normas todas las empresas que operen en territorio comunitario con independencia de donde tengan su sede.

Otra de las posibilidades que ofrece la nueva normativa tiene que ver con la llamada “portabilidad de datos”, que permitirá a los usuarios solicitar, por ejemplo, a Facebook que extraiga sus datos personales del sistema para trasladarlos a otra red social que consideren más segura.

Una vez que las nuevas reglas entren en vigor, empresas y usuarios podrán beneficiarse también de un sistema de “ventanilla única”, dirigido a facilitar la denuncia de abusos de empresas con sede extranjera en los tribunales europeos.

El acuerdo que alcancen los ministros mañana servirá de base para negociar un texto final con el Parlamento Europeo, que ya fijó su posición en primera lectura en marzo de 2014.

La presidencia de turno de Luxemburgo, que comenzará su semestre de mandato el próximo 1 de julio, ya adelantó esta semana que su intención es llegar a un acuerdo con la Eurocámara antes de finales de año.

FUENTE: EFEfuturo

Formación Jurídica abre nuevo plazo de matriculación hasta el 15 de junio

La plataforma de Formación Jurídica abre nuevo plazo de matriculación hasta el 15 de junio de 2015.

Algunos de los cursos que actualmente tienen abierto el periodo de inscripción son:

Si desea ver el listado completo de los cursos que ofrece formación jurídica puede acceder haciendo clic aquí.

Información completa en http://formacionjuridica.esinfo@formacionjuridica.es, o en el 954222534.

La AEPD convoca el concurso escolar ‘’Pandijuegos’’ para concienciar a los niños sobre la importancia de la privacidad

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado hoy el concurso escolar ‘’Pandijuegos’’, una iniciativa orientada a colegios que tiene como objetivo fomentar el conocimiento del derecho fundamental a la protección de datos y promover el valor de la privacidad entre los alumnos de 4º, 5º y 6º de Educación Primaria. Esta iniciativa cuenta con la colaboración del Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (INTEF), del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que lo alojará en su plataforma y lo pondrá a disposición de todos los profesores para potenciar la difusión del proyecto.

La Agencia ha apostado por la realización de un videojuego para el entorno escolar consciente de que, en fases tempranas, es importante que los niños aprendan a través de herramientas atractivas. La inscripción de los centros en ‘Pandijuegos’, que se realiza a través de la web Tudecideseninternet.es con la colaboración de personal representativo de los mismos (profesores, tutores, jefes de estudios…), está abierta para todos los colegios públicos, concertados y privados. La Agencia ha querido contar con el apoyo imprescindible del profesorado porque considera que el ámbito educativo es esencial para la transmisión de valores y para contribuir a la concienciación y sensibilización sobre una materia en la que los niños no siempre son conscientes de los riesgos que corren.

El juego, diseñado para niños de entre 10 y 12 años, está compuesto de cinco minijuegos secuenciales y temáticos, a los que sigue un cuestionario final. Cada uno de ellos se corresponde con un área en la que los menores deben ser especialmente cuidadosos con la información que facilitan, tanto propia como de terceros. Eliminar de un formulario los datos que pueden poner en riesgo la privacidad (Protege-t), impedir que un personaje sea etiquetado en una red social (Locas etiquetas), evitar que un usuario malintencionado consiga información comprometida (Nick que lo digas), aprender a mantener cierto control sobre lo que se publica (Popular online) y concienciar sobre la importancia de compartir la ubicación a terceros (¿A qué no me pillas?) son los temas de fondo de cada uno de los juegos, que mezclan conocimientos de privacidad y protección de datos con habilidad.

Los docentes podrán encontrar en la web una guía que explica los objetivos de cada minijuego, asociado a una ficha didácticacon la que el educador puede profundizar en aquellos contenidos que considere más apropiados y obtener propuestas de actividades adicionales para realizar en clase. De esa forma, los minijuegos y las fichas que los acompañan pueden ser utilizados como una herramienta pedagógica para que los profesores puedan concienciar al alumnado sobre diferentes situaciones que pueden poner en riesgo su privacidad.  Formularios de registro, redes sociales, chats, mensajería instantánea, aplicaciones móviles o comportamientos online son algunas de las situaciones a las que los niños tendrán que hacer frente en cada uno de los juegos.

Las puntuaciones de las partidas finalizadas por los alumnos se registrarán asignadas al colegio, pudiendo repetir la partida tantas veces como se quiera para mejorar los puntos obtenidos. El ganador del concurso será el centro en el que se haya jugado la partida completa (minijuegos y test) con la mayor puntuación.

Los colegios podrán participar en el concurso ‘Pandijuegos’ desde hoy, 13 de mayo, hasta el próximo 2 de junio, fecha en la se cerrará la competición. No obstante, el juego se mantendrá activo en la página web una vez finalice el concurso para que los profesores interesados puedan seguir utilizándolo como un material de aprendizaje atractivo para sus alumnos. El premio consistirá en la entrega de 35 lectores de libros electrónicos para el colegio que resulte ganador. Las bases completas del concurso pueden consultarse aquí.

Proyecto Tú decides en internet

El desarrollo de este concurso escolar supone la ampliación con nuevos materiales del proyecto globalTudecideseninternet.es, presentado en el anterior curso escolar. Así, la página desde la que se accede al juego va a mantener los elementos ya estaban presentes en su lanzamiento, como el cómic y las fichas didácticas para el personal docente, añadiendo el concurso presentado hoy y una guía con material adicional y de apoyo para el profesor.

El canal de comunicación Canal Joven (canaljoven@agpd.es) permanecerá abierto en la página para que menores, profesores y padres puedan plantear las cuestiones que les preocupen en relación con la privacidad y la protección de los datos personales.

BASES DEL CONCURSO

FUENTE: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

El CGPJ avala por la mínima destapar públicamente a los defraudadores fiscales

El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, ha tenido que hacer uso de su voto de calidad para sacar adelante el informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso a las sentencias en materia de fraude fiscal. El texto avala la publicación de resoluciones condenatorias firmes cuando el delito tenga por perjudicado a la Hacienda Pública al considerar que «sirve a un interés general».

Tras un Pleno que se ha prolongado durante casi cuatro horas, la propuesta de informe, de la que ha sido ponente el vocal Gerardo Martínez Tristán, ha salido adelante con el voto en contra de diez vocales y uno en blanco. Aunque con algunos retoques, ese borrador se mantiene intacto en lo fundamental, que es el carácter público del acceso al fallo de esas sentencias y un extracto de las mismas en el BOE. El objetivo de esta publicación, señala el texto, es impulsar la lucha contra el fraude fiscal, incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, e incrementar la transparencia en la actuación de las Administraciones Públicas y, especialmente, de las actuaciones judiciales en ese ámbito, informaron fuentes del Consejo.

Frente a los vocales que abogan por que se conozca al defraudador, los vocales que han votado en contra del texto sostienen que hacer públicos estos datos puede afectar a sus derechos individuales al honor, intimidad y protección de datos de la persona condenada.

El informe aprobado sometido a debate señala que «puede decirse que la regulación proyectada sirve a un interés general, dado que con ella se pretenden alcanzar determinados objetivos amparados constitucionalmente, y que no se proyecta sobre toda condena penal, sino sobre aquellas referidas a fraude fiscal». También a las derivadas de los delitos de alzamiento de bienes, insolvencia punible y contrabando que tienen como sujeto perjudicado a la Hacienda Pública, es decir, delitos que tienen una incidencia clara y manifiesta en el cumplimiento del deber constitucional contemplado en el artículo 31 de la Constitución Española». Este precepto establece que «todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributaria inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio».

Información de relevancia pública

La propuesta de informe señala que la divulgación de los datos a los que hace referencia el anteproyecto cumple tanto con el requisito constitucional de veracidad como el acuñado jurisprudencialmente de la relevancia pública de la información.

Así, afirma que «la sentencia penal firme goza de veracidad, dado que se publicarán datos extraídos de lo considerado probado en la sentencia, lo que sin duda constituye una verdad jurídica formal» y que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional se trata de una información de relevancia pública.

El texto, por último, señala que la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos, excluye la necesidad de consentimiento del afectado para la recepción y tratamiento de los datos cuando éstos figuren en fuentes accesibles al público o cuando su comunicación esté autorizada por la ley.

NOTICIA COMPLETA

FUENTE ORIGINAL: ABC.ES

Protección de Datos recrimina a Interior por anomalías en la videovigilancia de las cárceles

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el órgano encargado de velar por la confidencialidad de la información que la Administración y las empresas poseen de los ciudadanos, ha concluido finalmente el expediente abierto contra Instituciones Penitenciarios por las supuestas anomalías detectadas en el sistema de videovigilancia de las 70 cárceles españolas. Y lo ha hecho declarando al departamento de Jorge Fernández Díaz autor de una infracción «leve». Según la resolución, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, el organismo considera que Interior ha vulnerado el artículo 5.1 de la Ley de Protección de datos que obliga a colocar en la zonas videovigiladas de los centros penitenciarios españoles distintivos informativos ubicados «en lugar suficientemente visible» y a tener a disposición de las personas que pudieran resultar grabadas impresos con la información relacionada con sus derechos en este sentido. El fallo da a Prisiones un mes de plazo para subsanar la deficiencia. Ese plazo finaliza a finales de abril.

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FUENTE: VOZPOPULI