La AEPD aprueba el primer Código de Conducta bajo el RGPD

La AEPD aprueba el primer Código de Conducta bajo el RGPD
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Mar, 11/03/2020

El Código de Conducta de Tratamiento de Datos en la Actividad Publicitaria ha sido presentado por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL)

La Agencia Española de Protección de Datos, en el ejercicio de las funciones atribuidas por el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, ha aprobado el primer código de conducta y acreditado a su organismo de supervisión conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RGPD y 38 de la LOPDPGDD.  

El Código de Conducta de Tratamiento de Datos en la Actividad Publicitaria ha sido presentado por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL), cuyo contenido principal es el establecimiento de un sistema extrajudicial para tramitar reclamaciones sobre protección de datos y publicidad, ágil, eficaz y gratuito para las personas consumidoras.

El RGPD establece que las autoridades de control promoverán la elaboración de Códigos de conducta destinados a contribuir a la correcta aplicación del Reglamento, teniendo en cuenta las características específicas de los distintos sectores de tratamiento y las necesidades específicas de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas.

Con motivo de la aprobación del Código de AUTOCONTROL se ha puesto en marcha el Registro de Códigos de Conducta para darles publicidad, conforme establecen los artículos 40.6 del RGPD y 38.5 d la LOPDPGDD.

 

La AEPD publica los resultados de su plan de auditoría sobre la contratación de servicios a distancia en los sectores de telecomunicaciones y energía

La AEPD publica los resultados de su plan de auditoría sobre la contratación de servicios a distancia en los sectores de telecomunicaciones y energía
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Jue, 10/29/2020

(Madrid, 29 de octubre de 2020). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado un ‘Plan de inspección de oficio sobre contratación a distancia en operadores de telecomunicaciones y comercializadores de energía’ en el que analiza los tratamientos de datos en estos sectores y su adecuación a la normativa de protección de datos desde la perspectiva de la acreditación de la identidad del contratante y de los servicios contratados.

Este plan de auditoría no tiene carácter sancionador sino preventivo y se ha llevado a cabo para obtener una visión integral que permita detectar deficiencias y realizar las oportunas recomendaciones. La finalidad de estas inspecciones es elevar el nivel de protección de los ciudadanos a través del análisis de los datos que manejan las organizaciones. Las telecomunicaciones, la energía/agua y la contratación fraudulenta se encuentran entre las seis áreas de actuación con mayor importe de sanciones en 2019, según datos de la última Memoria de la AEPD.

La Agencia ha hecho hincapié en verificar los procedimientos que se utilizan en los sectores de telecomunicaciones y energía para identificar a las personas interesadas con el objetivo de evitar la suplantación de identidad y el consiguiente fraude. Asimismo, la Agencia, consciente de la necesidad de que las empresas estén en condiciones de acreditar los servicios contratados cuando estos se realizan a distancia y por tanto sin presencia de los contratantes, ha prestado especial atención a este aspecto, analizando proyectos innovadores implantados por las entidades. Entre ellos, se encuentran la firma manuscrita biométrica, el reconocimiento facial, los productos de análisis de riesgos online, la notificación electrónica certificada y la prueba acreditativa de los sucesos digitales.

El Plan se complementa con un decálogo dirigido a las personas usuarias. Asegurarse de que se está accediendo a la página web de la empresa con la que se desea contratar; leer la política de privacidad; utilizar contraseñas seguras e informarse sobre la posible comunicación de sus datos a terceras empresas o cómo ejercer sus derechos, son algunas de las recomendaciones.

El documento incluye un apartado de conclusiones ante las deficiencias encontradas, algunas de las cuales ya han sido subsanadas con mecanismos implantados para garantizar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, así como un apartado de recomendaciones.

A raíz de las incidencias detectadas en materia de transparencia e información, la Agencia recomienda que, en los medios telemáticos donde no es posible facilitar una información completa al usuario, se adopte un modelo de información por capas o niveles. Asimismo, recuerda que es obligatorio incluir los datos de contacto de la persona Delegada de Protección de Datos en los casos en que se exige su designación, y que los datos personales deben recopilarse para fines específicos, explícitos y legítimos y no para fines distintos de los establecidos originalmente.

Entre las recomendaciones relacionadas con los tratamientos basados en el consentimiento destaca la necesidad de que la persona responsable se asegure de que el consentimiento obtenido sea libre, especifico, informado e inequívoco. También se aconseja conservar la información acerca de cuándo y cómo se obtuvo el consentimiento y garantizar que la persona interesada pueda retirar su consentimiento en cualquier momento con un procedimiento sencillo.

Respecto a la acreditación de la identidad de la persona interesada, la Agencia destaca la necesidad de extremar las garantías de identificación del contratante antes de llevar a cabo el contrato y recuerda la importancia de utilizar sistemas con garantías adicionales, como la autenticación reforzada del cliente, basada en la utilización de dos o más elementos independientes que proceden de algo que sólo conoce, posee o es el usuario, de forma que la vulneración de uno no comprometa la fiabilidad de los demás.

Para la acreditación de la contratación a distancia, subraya que es recomendable que las empresas utilicen sistemas que permitan acreditar los contratos efectuados telemáticamente mediante la obtención de prueba de los sucesos digitales, de tal manera que la documentación contractual se almacene aplicando una función criptográfica que detecte cualquier modificación posterior, asegurando con ello la integridad de los documentos.

En relación con la conservación de los datos se recomienda establecer plazos para su supresión o revisión periódica para garantizar que los datos no se conservan más tiempo del necesario. También recuerda que los datos recabados para captar clientes y que finalmente no llegan a materializarse en una relación comercial deben ser suprimidos salvo que se basen en otro fundamento jurídico.

La AEPD publica una herramienta para ayudar a las personas responsables a decidir si deben comunicar una brecha de seguridad a las personas afectadas

La AEPD publica una herramienta para ayudar a las personas responsables a decidir si deben comunicar una brecha de seguridad a las personas afectadas
rperezm
Jue, 10/22/2020

  • ‘Comunica-Brecha RGPD’ tiene como objetivo promover la transparencia y responsabilidad proactiva entre las personas  responsables y permitir a las personas afectadas por una brecha de seguridad conocer cuándo sus derechos y libertades pueden estar en riesgo
  • La herramienta es gratuita, fácil de utilizar y se basa en un breve formulario cuyas respuestas pueden indicar si existe riesgo asociado a una brecha de seguridad
  • Este nuevo recurso se suma al ‘Decálogo de recursos de ayuda de la AEPD’ para promover la concienciación y el cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD
  • Acceso a Comunica-Brecha RGPD

 

(Madrid, 22 de octubre de 2020). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado ‘Comunica-Brecha RGPD’, una herramienta que ayuda a las personas responsables de tratamiento en la toma de decisiones ante la obligación de comunicar una brecha de seguridad de los datos personales a las personas afectadas.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) recoge la obligación que tienen las personas responsables que manejan datos personales de comunicar sin dilación a las personas interesadas las brechas de seguridad de datos cuando sea probable que éstas entrañen un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.

El propósito de Comunica-Brecha RGPD es promover la transparencia y responsabilidad proactiva entre las personas responsables, en un ejercicio que permita a las personas afectadas por una brecha de seguridad conocer cuándo dichos derechos y libertades pueden estar en riesgo y así poder tomar las medidas que consideren apropiadas para salvaguardarlos.

Este nuevo recurso de la Agencia es gratuito, fácil de utilizar y se basa en un breve formulario en el que se recaban detalles que permiten aplicar unos criterios básicos que pueden ser indicativos del riesgo asociado a una brecha de seguridad. En ningún caso la Agencia almacena los datos consignados durante el proceso.

Al completar el formulario, y en función de la información que haya sido facilitada, la herramienta ofrece como respuesta tres posibles escenarios: que se debe notificar la brecha de seguridad a las personas afectadas al apreciarse un riesgo alto; que no es necesaria dicha comunicación, o que no se puede determinar el nivel de riesgo.

El uso de esta herramienta no sustituye en ningún caso la necesaria valoración del nivel de riesgo por parte de la persona responsable, que es quien mejor conoce los detalles del tratamiento de datos personales que realiza, las características de los sujetos de datos, las circunstancias de la brecha de seguridad y el resto de los factores que permiten obtener una valoración del riesgo acertada. De igual manera, el empleo de Comunica-Brecha RGPD para facilitar la toma de decisiones ante la obligación de comunicar brechas de seguridad a las personas interesadas es independiente de la obligación de notificar dicha brecha a la autoridad de control.

Este nuevo recurso se suma al ‘Decálogo de recursos de ayuda de la AEPD’ para promover la concienciación y el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales.

Webinario ‘Innovación, protección de datos y transformación digital: el futuro de la ciberseguridad’

Webinario ‘Innovación, protección de datos y transformación digital: el futuro de la ciberseguridad’
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Jue, 10/15/2020

En el marco de los compromisos de la Agencia en materia de Responsabilidad Social y Sostenibilidad, especialmente en el ámbito de la tecnología y la protección de datos y de la igualdad de género, la AEPD ha promovido un ciclo de cinco debates (webinarios) sobre ‘Innovación y Protección de Datos. Mujer y Ciencia’ con el que pretende abrir un debate riguroso sobre temas de actualidad.

La cuarta de las ponencias de este ciclo, que puede verse a continuación, contiene la intervención de Soledad Antelada Toledano, ingeniera informática del departamento de ciberseguridad del Berkeley Lab, California.

Su conferencia lleva por título ‘Innovación, protección de datos y transformación digital: el futuro de la ciberseguridad’.

Antelada fue nombrada en 2017 por CNET una de los 20 profesionales latinas más influyentes en el sector tecnológico en EE UU. Destaca además como Network Security Chair de un equipo de 15 expertos a cargo de la seguridad de SCinet, la red que da soporte anualmente a todas las actividades de la Conferencia de Supercomputación de EEUU. En 2014 fundó Girls Can Hack, organización sin ánimo de lucro para atraer a mujeres jóvenes al sector de la ciberseguridad. Y participa en el colectivo Women in IT networking at SC, que agrupa a mujeres que trabajan en la Conferencia.

 

Más webinarios del ciclo Mujer y Ciencia

Los webinarios realizados con anterioridad pueden verse aquí:

 

La AEPD publica una guía para facilitar la aplicación práctica de la protección de datos por defecto

La AEPD publica una guía para facilitar la aplicación práctica de la protección de datos por defecto
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Jue, 10/08/2020

  • El documento ofrece una visión práctica que ayude a aplicar este principio en los tratamientos de datos siguiendo lo establecido en el RGPD y en las directrices adoptadas por el Comité Europeo de Protección de Datos
  • La Guía va dirigida a las personas Delegadas de Protección de Datos y, específicamente, a los departamentos que se encargan del diseño, selección, desarrollo, despliegue y uso de aplicaciones y servicios dentro de la entidad responsable del tratamiento
  • El concepto de Protección de Datos por defecto se refiere a que sólo deben tratarse los datos que sean necesarios y suficientes para cada uno de los fines de tratamiento
  • Este principio ha de aplicarse siempre que tenga lugar un tratamiento de datos personales independientemente de la naturaleza de este
  • Acceso a la Guía de Protección de Datos por defecto

 

(Madrid, 8 de octubre de 2020). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía de Protección de Datos por Defecto (PDpD), que ofrece una visión práctica para ayudar a aplicar este principio a los tratamientos de datos siguiendo lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y en las directrices adoptadas por el Comité Europeo de Protección de Datos.

Las personas destinatarias de este documento son las personas responsables de tratamiento y las personas delegadas de protección de datos, además de aquellas unidades o departamentos que dentro de la entidad responsable tienen a su cargo el diseño, selección, desarrollo, despliegue, y explotación de aplicaciones y servicios. También se aconseja su consulta a personal encargado, desarrollador o suministrador, en la medida que proporcionan productos y servicios a responsables y busquen que éstos cumplan con los requisitos de la PDpD establecidos en el Reglamento.

El concepto de privacidad por defecto se refiere a que sólo deben ser objeto de tratamiento los datos personales que sean estrictamente necesarios y suficientes para cada uno de los fines de tratamiento. Por ello, independientemente del conjunto de datos recogidos por la persona responsable, ésta debe segmentar el uso del conjunto de datos entre los distintos tratamientos y entre las distintas fases de los tratamientos, de tal forma que no todas las operaciones realizadas en el marco de un tratamiento se ejecuten sobre todos los datos, sino que actúen solo sobre aquellos que sean necesarios y en los momentos en que sea estrictamente necesario.

El RGPD exige del responsable una configuración por defecto de los tratamientos que sea respetuosa con los principios de protección de datos, abogando por un procesamiento mínimamente intrusivo (mínima cantidad de datos personales, mínima extensión del tratamiento, mínimo plazo de conservación y mínima accesibilidad a datos personales). Todo ello sin que sea necesaria la intervención de la persona cuyos datos se tratan para garantizar estos mínimos.

La Guía repasa las medidas a seguir para aplicar la protección de datos por defecto. Como recoge el Comité Europeo de Protección de Datos en sus Directrices sobre el artículo 25 en relación con la protección de datos desde el diseño y por defecto, la ejecución de esas medidas se centra las estrategias de optimización, configurabilidad y restricción.

El objetivo de la optimización es analizar el tratamiento desde el punto de vista de la protección de datos, lo que supone aplicar medidas con relación a la cantidad de datos recogidos, la extensión del tratamiento, su conservación y accesibilidad. La segunda estrategia es la configuración de servicios, sistemas o aplicaciones, que debe permitir el establecimiento de parámetros u opciones que determinen la forma en que se va a llevar a cabo el tratamiento, y que sean susceptibles de ser modificadas por el responsable e incluso por el usuario. Por su parte, la restricción garantiza que, por defecto, el tratamiento es lo más respetuoso posible con la privacidad, de modo que las opciones de configuración estén ajustadas, por defecto, a aquellos valores que limiten la cantidad de datos recogidos, la extensión del tratamiento, su conservación y accesibilidad.

Se ha incluido además un documento editable con las medidas a adoptar para poner en práctica las estrategias de protección de datos por defecto. En concreto, se trata de medidas sobre la cantidad de datos personales recogidos; la extensión del tratamiento; el periodo de conservación o la accesibilidad de los datos. Dicho apartado también se incluye en una tabla separada de la guía para que pueda ser utilizada por las personas responsables. Asimismo, la Guía destina un capítulo a la documentación y auditoría, aspectos necesarios para acreditar el cumplimiento de la norma. Como establece el principio de responsabilidad proactiva, el responsable debe aplicar las medidas necesarias para garantizar y poder demostrar que el tratamiento de datos cumple con el RGPD.

Conclusiones

En el apartado de conclusiones, la Agencia recuerda que la PDpD es una de las medidas de responsabilidad proactiva que se integra con el resto de las garantías establecidas en el Reglamento, y que éste permite optar por diferentes aproximaciones y alternativas a la hora de implementar este principio. Asimismo, pone de manifiesto que tanto responsables de tratamiento de datos personales, como encargados y desarrolladores, deben tener presentes las medidas de PDpD en la medida de sus obligaciones.

Otra de las conclusiones destacadas es que este principio ha de aplicarse siempre que tenga lugar un tratamiento de datos personales independientemente de su naturaleza. El establecimiento de medidas de privacidad por defecto no se deriva del resultado de un análisis de riesgos para los derechos y libertades, sino que son medidas y garantías que es necesario establecer en todo caso.

 

La AEPD y los ministerios de Educación e Igualdad, junto a PantallasAmigas, ponen en marcha la campaña ‘El control es tuyo, que no te controlen’

La AEPD y los ministerios de Educación e Igualdad, junto a PantallasAmigas, ponen en marcha la campaña ‘El control es tuyo, que no te controlen’
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Mié, 09/30/2020

  • El objetivo de la campaña es ayudar a los y las jóvenes a detectar el acoso y la violencia de género digital, así como ofrecer recomendaciones
  • A través de cuatro mensajes se describen situaciones que pueden vivir en su centro de estudios, con su grupo de amistades o en sus relaciones personales, y que se corresponden con el acoso y la violencia digital
  • Incluye recomendaciones para cada situación, enlazando con un código QR a páginas que indican cómo identificar y actuar ante estas conductas
  • Entre los elementos gráficos de la campaña se encuentra un cartel que reúne las situaciones descritas, que puede ser descargado y compartido en redes sociales

 

(Madrid, 30 de septiembre de 2020). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Igualdad y PantallasAmigas, han puesto en marcha la campaña ‘El control es tuyo, que no te controlen’, con el objetivo de ayudar a menores y adolescentes a detectar el acoso y la violencia de género digital.

La campaña incluye mensajes que describen situaciones que los y las jóvenes pueden vivir en su centro de estudios, con su grupo de amistades o en sus relaciones personales. La petición de contraseñas a la pareja; el control del móvil de otra persona; el envío constante de mensajes con el propósito de herir a un compañero o una compañera de clase, o la difusión de imágenes sexuales, violentas o humillantes sin el permiso de quien aparece en ellas son algunas de estas situaciones.

‘Tu vida está en tu móvil’, ‘Tu móvil hace cosas raras’, ‘Te están acosando, pide ayuda’ y ‘Han compartido imágenes comprometidas sin tu consentimiento’ son los principales escenarios descritos, que se acompañan con recomendaciones y un código QR que enlaza a una página en la que se puede obtener más información sobre cómo identificar conductas violentas y actuar tanto si se es la persona a la que le está sucediendo como si se tiene conocimiento de ello. Los dispositivos móviles inteligentes, las redes sociales e internet han transformado en gran medida la manera en que se relaciona la juventud. El 22% de los chicos y chicas de 10 años dispone de teléfono móvil, porcentaje que asciende exponencialmente hasta casi el 94% a los 15 años, según datos de 2019 del INE.

Asimismo, la reciente Macroencuesta de Violencia contra la Mujer de 2019 del Ministerio de Igualdad revela, entre otras conclusiones, que un 18,5% de las mujeres de 16 o más años residentes en España han sufrido acoso sexual antes de cumplir los 15 años (conductas entre las que se incluye el envío de imágenes o fotos sexualmente explícitas que hayan hecho sentirse ofendida, humillada o intimidada a la mujer).

Por otra parte, diversos estudios apuntan a un incremento en el porcentaje de jóvenes que asumen afirmaciones como que es normal “mirar el móvil de la pareja si piensas que te está engañando”, como refleja el ‘Barómetro Juventud y Género 2019’ del Centro Reina Sofía sobre Adolescencia y Juventud de la FAD. En esta línea, la Fiscalía General del Estado ha alertado en su última Memoria de “un alarmante incremento de las ideas sexistas y de la violencia entre los menores y adolescentes en el entorno familiar, pero también y especialmente en el ámbito sexual, conductas realizadas en grupo y a menudo grabadas y difundidas a terceros”.

Entre los elementos gráficos de la campaña se encuentra un cartel que reúne todas las situaciones descritas y las recomendaciones enlazan a contenidos en los que pueden identificarse formas de violencia de género digital que no siempre son identificadas de ese modo por las y los jóvenes, cómo detectar si el teléfono móvil puede estar siendo espiado y recomendaciones a seguir, indicios para detectar la violencia de género, entre los que se encuentra que la pareja revisa el teléfono móvil y las redes sociales o qué hacer si se están difundiendo imágenes de contenido sexual o violento sin el consentimiento de la persona que aparece en ellas.

La Agencia Española de Protección de Datos, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Igualdad y PantallasAmigas llevarán a cabo acciones para la difusión de esta campaña a través de distintos canales, y animan a adolescentes, familias, docentes y a todas las entidades comprometidas con la erradicación de la violencia digital a compartir los mensajes y ser parte activa frente al problema.

La AEPD, galardonada con el ‘Premio Ciudadanía’ del Ministerio de Política Territorial y Función Pública

La AEPD, galardonada con el ‘Premio Ciudadanía’ del Ministerio de Política Territorial y Función Pública
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Lun, 09/28/2020

  • El Premio reconoce la calidad e impacto de iniciativas singulares de mejora en los sistemas de relación con los ciudadanos en el ámbito de la Administración General del Estado
  • El galardón ha distinguido varias iniciativas puestas en marcha por la AEPD y agrupadas en su Plan de sostenibilidad: Menores y uso responsable de Internet, canal prioritario, web de ayuda para las mujeres supervivientes a la violencia de género, prevención del acoso digital en el ámbito laboral y código ético de la Agencia

 

(Madrid, 28 de septiembre de 2020). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sido galardonada con el Premio Ciudadanía en la XIII edición de los ‘Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública’, unos galardones del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

La Agencia ha obtenido el premio por su iniciativa “Del plan estratégico al plan de sostenibilidad y responsabilidad social: Menores y uso responsable de Internet, canal prioritario, web de ayuda para las mujeres supervivientes a la violencia de género, prevención del acoso digital en el ámbito laboral y código ético de la AEPD”.

El ‘Premio Ciudadanía’ tiene por objeto reconocer la calidad e impacto en la ciudadanía de iniciativas singulares de mejora en los sistemas de relación con los ciudadanos o que reviertan en una mayor transparencia, participación, rendición de cuentas o integridad en la provisión de los servicios públicos.

Este nuevo reconocimiento se suma al obtenido en la pasada edición, en el que el Ministerio de Política Territorial y Función Pública concedió a la Agencia el accésit en esta misma categoría por Facilita_RGPD, una herramienta gratuita para ayudar al cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) a pymes y profesionales que tratan datos personales de escaso riesgo.

Marco de responsabilidad social

El Marco de Actuación de Responsabilidad Social y Sostenibilidad de la AEPD (Memoria 2019) estructura el compromiso de la Agencia en cuatro grandes ejes: Sociedad; Buen Gobierno, Transparencia y rendición de cuentas; Medioambiente y Empleados. En él se recogen los compromisos internos y externos alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas para la Agenda 2030, identificando hasta 100 acciones, de las que un 70% corresponde a compromisos con la sociedad, un 13% a compromisos con los empleados, un 10% relacionadas con el respeto al medio ambiente y un 7% con el buen gobierno y la transparencia.

Acceso al webinario ‘Inteligencia artificial ética y auditable: buenas y malas prácticas’ en el ciclo ‘Mujer y ciencia’

Acceso al webinario ‘Inteligencia artificial ética y auditable: buenas y malas prácticas’ en el ciclo ‘Mujer y ciencia’
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Vie, 09/25/2020

En el marco de los compromisos de la Agencia en materia de Responsabilidad Social y Sostenibilidad, especialmente en el ámbito de la tecnología y la protección de datos y de la igualdad de género, la AEPD ha promovido un ciclo de cinco debates (webinarios) sobre ‘Innovación y Protección de Datos. Mujer y Ciencia’ con el que pretende abrir un debate riguroso sobre temas de actualidad.

La tercera de las ponencias de este ciclo, que puede verse a continuación, contiene la intervención de, Gemma Galdón Clavell, analista de políticas públicas especializada en el impacto social, legal y ético de las tecnologías intensivas en datos personales y en la auditoría de algoritmos.

Su conferencia lleva por título ‘Inteligencia artificial ética y auditable: buenas y malas prácticas’ y, con este webinario, la Agencia pretende promover un debate abierto sobre las implicaciones de la inteligencia artificial, y especialmente de los algoritmos, y su control desde un enfoque apoyado en la ética y la transparencia.

Galdón es fundadora y directora de Eticas Research and Consulting y fue finalista del Premio de la UE a las mujeres innovadoras 2017. Ha sido investigadora principal en más de 10 grandes proyectos de I+D. Es experta científica y en ética para la Dirección General de Investigación e Innovación de la Comisión Europea y forma parte del consejo asesor de Privacy International y Data & Ethics.

Su trabajo se centra en la construcción de arquitecturas socio-técnicas que incorporen temas legales, sociales y éticos en su concepción, producción e implementación. Es analista de políticas de formación y ha trabajado en proyectos relacionados con la vigilancia y los derechos humanos, el impacto social de la tecnología, las ciudades inteligentes, la privacidad, las políticas de seguridad, la resiliencia y la actuación policial. Sus últimas publicaciones académicas abordan cuestiones relacionadas con la proliferación de la vigilancia en entornos urbanos, las políticas locales de seguridad, la policía de proximidad, la seguridad en grandes eventos, la relación entre la privacidad y la tecnología y las ciudades inteligentes.

Completó su doctorado en vigilancia, seguridad y políticas urbanas en la Universitat Autònoma de Barcelona, donde también recibió una maestría en Gestión Pública y más tarde fue nombrada directora del Programa de Políticas de Seguridad de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Anteriormente trabajó en el Instituto Transnacional (TNI, Amsterdam), el Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR) y el Instituto Catalán de Seguridad Pública. Enseña temas relacionados con su investigación en varias universidades extranjeras y es miembro de la Red latinoamericana de Estudios de la Vigilancia (LASSN). Además, es analista habitual en televisión, radio y prensa.

 

Más webinarios del ciclo Mujer y Ciencia

Los webinarios realizados con anterioridad pueden verse aquí:

La AEPD publica su primera Memoria de Responsabilidad Social

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó ayer su primera Memoria de Responsabilidad Social, en la que se abordan los avances y retos de sostenibilidad que tiene la Agencia desde las perspectivas económica, social y ambiental, con especial compromiso en garantizar este derecho fundamental.

ACCESO A LA NOTICIA COMPLETA 

FUENTE: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

La AEPD publica recomendaciones para minimizar los riesgos para la privacidad en la navegación por Internet

La AEPD publica recomendaciones para minimizar los riesgos para la privacidad en la navegación por Internet
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Mié, 09/16/2020

  • El documento repasa algunas de las técnicas más utilizadas para hacer seguimiento en internet, como las cookies o las basadas en identificadores únicos de publicidad
  • Valorar la privacidad a la hora de elegir un navegador o evitar la instalación de aplicaciones innecesarias son algunas recomendaciones básicas
  • Para usuarios avanzados se aconseja configurar en la red doméstica un bloqueador de consultas DNS o navegar a través de una VPN o la red TOR

 

(Madrid, 16 de septiembre de 2020). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una nota técnica con recomendaciones para minimizar los riesgos que el seguimiento en la actividad de navegación online puede tener para la privacidad, acompañada de una infografía con los seis puntos más relevantes. El documento está dirigido tanto a usuarios de internet con un nivel de conocimientos medio como avanzado.

La nota repasa algunas de las técnicas más utilizadas por páginas web y servicios de internet para hacer seguimiento de los sitios web que visitan los usuarios. Las cookies o las técnicas basadas en identificadores únicos de publicidad ‒utilizados en móviles, tabletas o televisiones inteligentes‒ son algunos ejemplos.

Asimismo, la Agencia recuerda que existen otros métodos que permiten seguir la actividad de la persona usuaria, como acceder a un navegador web o a un dispositivo iniciando sesión a través de una cuenta de correo electrónico, ya que de esta forma el historial de navegación puede estar siendo enviado automáticamente al proveedor de ese servicio. También es posible a través de los servicios de autenticación que ofrecen grandes compañías de internet y redes sociales, es decir, cuando para iniciar sesión en una web o en una app se puede utilizar la cuenta de Facebook, Google u otras.

En su nota técnica, la Agencia incluye un apartado de recomendaciones básicas dirigidas a personas usuarias con un nivel de conocimientos medio, como la importancia de valorar la privacidad como una característica deseable al elegir un navegador y las aplicaciones que se instalen; evitar la instalación de aplicaciones innecesarias en el navegador; activar, en su caso, la protección anti-rastreo o seguimiento en el navegador, o configurarlo para bloquear las cookies de terceros, o al menos bloquearlas si se navega en modo privado, entre otras.

Asimismo, recoge recomendaciones para personas con conocimientos avanzados, como la posibilidad de configurar en la red doméstica un bloqueador de consultas DNS; navegar a través de una VPN (red privada virtual) o la red TOR, o utilizar sistemas operativos diseñados para preservar la privacidad y el anonimato.