La AEPD publica un estudio para analizar los flujos de información en apps realizadas para dispositivos Android

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ha publicado el estudio técnico Análisis de los flujos de información en Android. Herramientas para el cumplimiento de la responsabilidad proactiva , realizado en colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid. El estudio, dirigido fundamentalmente a desarrolladores de apps y responsables de tratamiento de datos personales, pone de manifiesto el elevado riesgo de fugas de información personal que se presenta en el entorno de las aplicaciones móviles, y ofrece una guía para que las organizaciones puedan auditar sus apps, analizando los flujos de información personal en dispositivos Android.

La finalidad es que los responsables del tratamiento de datos dispongan de las herramientas y utilicen las metodologías adecuadas para determinar que la política de privacidad que se le está ofreciendo al usuario cumple con las garantías que exige el RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos (3/2018).

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FUENTE ORIGINAL: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

La AEPD publica unas orientaciones para la publicación de actos administrativos por parte de las AAPP

La AEPD publica unas orientaciones para la publicación de actos administrativos por parte de las AAPP
dortega
Lun, 03/04/2019

4 de Marzo de 2019

(Madrid, 4 de marzo de 2019). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado unas orientaciones para promover la protección de los datos personales de los ciudadanos cuando las Administraciones Públicas realizan publicaciones de actos administrativos. El documento se publica en coordinación con la Autoridad Catalana de Protección de Datos, la Agencia Vasca de Protección de Datos y el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales incluye en el apartado 1º de su Disposición Adicional 7ª cómo debe identificarse a los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos. Previamente, esta identificación incluía el nombre, apellidos y número íntegro del DNI o documento análogo; sin embargo, para minimizar el impacto en la privacidad de los ciudadanos se debe publicar el nombre, apellidos y cuatro cifras aleatorias del documento oficial de identidad.

Las Autoridades de protección de datos han recibido múltiples consultas sobre la interpretación del primer párrafo de esa Disposición, por lo que publican estas orientaciones con el fin de facilitar un criterio práctico que permita conciliar la publicación de actos administrativos con la protección de datos.

El criterio, provisional hasta que los órganos de gobierno y las administraciones públicas competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la Disposición, pretende evitar que la adopción de otras fórmulas pueda dar lugar a la publicación de cifras numéricas de los documentos identificativos de las personas en posiciones distintas, posibilitando la recomposición íntegra de dichos documentos. Para ello, se ha seleccionado aleatoriamente un grupo de cuatro cifras numéricas, que deberían ser las mismas en todas las publicaciones.

Las orientaciones completas pueden consultarse aquí.

El Comité Europeo de Protección de Datos publica unas recomendaciones en caso de un Brexit sin acuerdo

El Comité Europeo de Protección de Datos publica unas recomendaciones en caso de un Brexit sin acuerdo
dortega
Dom, 03/03/2019

3 de Marzo de 2019

(Madrid, 4 de marzo de 2019). El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), organismo de la Unión Europea del que forma parte la Agencia Española de Protección de Datos, ha aprobado unas orientaciones dirigidas a empresas y entidades públicas que realicen transferencias de datos personales a Reino Unido en caso de producirse un Brexit sin acuerdo. Actualmente, el flujo de datos entre países del Espacio Económico Europeo (EEE) y Reino Unido puede realizarse sin garantías adicionales.

En el caso de un Brexit sin acuerdo, Reino Unido se convertiría en un país tercero desde el 30 de marzo de 2019. La normativa establece que si los datos se envían a países que no pertenecen al EEE habría una transferencia internacional de datos, para cuya realización es necesario que el responsable del tratamiento proporcione las garantías jurídicas adecuadas.

El objetivo de este documento es ayudar a las organizaciones que envíen datos personales a Reino Unido a decidir con antelación qué instrumento jurídico pueden adoptar para seguir realizándolas.

En este escenario, el documento recuerda que la transferencia de datos personales a Reino Unido sólo podrá realizarse amparándose en alguno de estos instrumentos: cláusulas de protección de datos estándar o ad hoc, normas corporativas vinculantes, códigos de conducta y mecanismos de certificación, e instrumentos de transferencia específicos a disposición de las autoridades públicas. A falta de cláusulas estándar de protección de datos u otras garantías alternativas apropiadas, pueden utilizarse excepciones en determinadas condiciones, recogidas en el artículo 49 del Reglamento General de Protección de Datos.

La nota informativa del CEPD ha identificado cinco puntos básicos que tienen que plantearse las organizaciones que envíen datos personales a Reino Unido:

Identificar qué actividades de tratamiento implicarán la transferencia de datos personales al Reino Unido.
Determinar el instrumento de transferencia de datos adecuado para su situación.
Aplicar el instrumento elegido para que esté listo para el día 30 de marzo de 2019.
Indicar en la documentación interna qué transferencias se realizarán al Reino Unido.
Actualizar el aviso de privacidad para informar a los particulares.

Flujo de datos del Reino Unido al EEE

En lo que respecta a las transferencias de datos desde Reino Unido al EEE, según el Gobierno británico, la práctica actual, que permite que los datos personales fluyan libremente, continuará en el caso de un Brexit sin acuerdo

El Arzobispado decreta que las hermandades tengan un delegado de Protección de Datos

El Arzobispado de Sevilla acaba de publicar un decreto para regular quién debe ejercer como delegado de Protección de Datos en las hermandades y cofradías de la Archidiócesis. La persona que ejerza de Fiscal en la junta de gobierno, o que desempeñe sus funciones con otra denominación, es la persona elegida para velar por el fichero con los datos de los hermanos.

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FUENTE ORIGINAL: DIARIO DE SEVILLA

La AEPD inicia el trámite de audiencia sobre la Circular del tratamiento de datos relativos a opiniones políticas por los partidos

La AEPD inicia el trámite de audiencia sobre la Circular del tratamiento de datos relativos a opiniones políticas por los partidos
dortega
Mar, 02/12/2019

12 de Febrero de 2019
Se podrán trasladar propuestas y aportaciones al proyecto hasta el día 5 de marzo a través del correo electrónico circularpartidos@aepd.es

 

(Madrid, 12 de febrero de 2019). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha iniciado el trámite de audiencia para recabar la opinión de los interesados acerca del proyecto de Circular sobre el tratamiento de datos relativos a opiniones políticas por los partidos. El texto se realiza tras la aprobación de la Disposición final tercera de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que modifica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General añadiendo el artículo 58 bis.

La elaboración y publicación de este 

proyecto de Circular

, que consta de una parte expositiva, diez artículos y una disposición final, se lleva a cabo tras la publicación por parte de la AEPD de un 

informe jurdico

 en el que analizaba el tratamiento de datos personales relativos a opiniones políticas por los partidos. Dada la tipología de los datos que se tratarían y que existe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas, el borrador de Circular establece, entre otras garantías, la obligación de consultar a la AEPD antes de proceder al tratamiento de datos a no ser que el partido político justifique que ha adoptado medidas para mitigar los riesgos. En ese caso, deberá remitir a la Agencia el análisis de riesgos y la evaluación de impacto realizada junto a la justificación de las medidas adoptadas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otra que estime el responsable del tratamiento y las que puedan exigir otros órganos en el ámbito de sus competencias, como la Junta Electoral Central, el Tribunal de Cuentas, el Ministerio del Interior y, en último término, el Tribunal Constitucional.

El objetivo del proyecto de Circular es fijar los criterios a los que responderá la actuación de la AEPD en la aplicación de la normativa de protección de datos. En ese sentido, interpreta el citado artículo 58 bis conforme a lo establecido en la Constitución Española y en el Reglamento UE 2016/679, y de modo que no conculque derechos fundamentales como el derecho a la protección de datos de carácter personal reconocido en el artículo 18.4, el derecho a la libertad ideológica del artículo 16, la libertad de expresión e información del artículo 20 o el derecho a la participación política del artículo 23.

Las contribuciones al texto publicado podrán remitirse hasta el día 5 de marzo de 2019 a través del correo electrónico circularpartidos@aepd.es.

La AEPD, galardonada en los ‘Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública’ por su herramienta Facilita_RGPD

La AEPD, galardonada en los ‘Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública’ por su herramienta Facilita_RGPD
dortega
Lun, 02/11/2019

11 de Febrero de 2019
La Agencia obtiene un accésit del ‘Premio Ciudadanía’, que reconoce el desarrollo de productos o servicios innovadores en el ámbito de la Administración General del Estado
Facilita_RGPD tiene como finalidad ayudar a pymes y profesionales que traten datos de escaso riesgo a adaptarse al Reglamento General de Protección de Datos

 

(Madrid, 11 de febrero de 2019). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sido galardonada con un accésit en la categoría ‘Ciudadanía’ en la XII edición de los ‘Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública’, unos galardones del Ministerio de Política Territorial y Función Pública que reconocen a las organizaciones que se hayan distinguido por la excelencia de su rendimiento global, la innovación en la gestión de la información, el conocimiento y las tecnologías, así como por la calidad e impacto de sus iniciativas.

El jurado ha distinguido con un accésit de su ‘Premio Ciudadanía’ la iniciativa de la Agencia al desarrollar Facilita_RGPD, una herramienta para ayudar al cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) a pymes y profesionales que traten datos personales de escaso riesgo. Desde su puesta en marcha, Facilita_RGPD ha sido utilizada en más de 150.000 ocasiones.

El ‘Premio Ciudadanía’ tiene por objeto destacar “ prácticas innovadoras en la provisión de productos o servicios, así como en los sistemas de relación, con impacto externo en los ciudadanos o usuarios”.

El listado completo de premiados puede consultarse

La AEPD publica un estudio sobre cómo la huella digital de los dispositivos afecta a la privacidad de los ciudadanos

La AEPD publica un estudio sobre cómo la huella digital de los dispositivos afecta a la privacidad de los ciudadanos
dortega
Jue, 02/07/2019

7 de Febrero de 2019
La Agencia ha analizado más de 14.000 páginas web dirigidas al público español, describiendo cómo se identifica y rastrea a los usuarios a través de sus dispositivos
El estudio afirma, entre otras conclusiones, que el conjunto de datos recogidos puede ser tan extenso, o enriquecerse de tal forma, que puede llegar a recabar incluso categorías especiales de datos sin que los usuarios sean conscientes de ello
El documento incluye las medidas que pueden poner en marcha los usuarios para tratar de evitar este tipo de seguimiento y una serie de recomendaciones a la industria, tanto a fabricantes y desarrolladores como a las compañías que explotan datos obtenidos a partir de la huella de los dispositivos

(Madrid, 7 de febrero de 2019). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el estudio ‘Fingerprinting o huella digital del dispositivo’ (también disponible en inglés), un documento que analiza esta técnica de identificación y rastreo de los usuarios a través de sus dispositivos. Para su realización la Agencia ha analizado más de 14.000 páginas web dirigidas al público español, describiendo las técnicas más utilizadas para realizar ese perfilado. El estudio también incluye las medidas que pueden poner en marcha los usuarios para tratar de evitar este tipo de seguimiento y una serie de recomendaciones a la industria, tanto a los fabricantes y desarrolladores como a las compañías que explotan datos obtenidos a partir de la huella de los dispositivos.

La huella digital del dispositivo es un conjunto de datos extraídos del dispositivo del usuario que permiten individualizar de forma unívoca dicho terminal. Dado que lo habitual es que las personas no compartan sus equipos, individualizar el terminal supone individualizar a la persona que lo utiliza y, en consecuencia, poder realizar un perfil de la misma. El perfilado no se limita a recopilar y analizar los hábitos de navegación o las búsquedas que realiza, sino a extraer geolocalización, datos de configuración del sistema y las aplicaciones, programas instalados, movimientos del ratón, etc. La combinación de esta y otra información detallada en el estudio permite confeccionar una huella digital única del dispositivo que lo singulariza y, por lo tanto, diferencia de forma unívoca a cada usuario en internet.

El estudio afirma, entre otras conclusiones, que con mucha frecuencia se emplean estas técnicas para recoger datos del equipo del usuario sin ofrecerle información y sin solicitarle su consentimiento, y que el conjunto de datos recabados puede ser tan extenso, o enriquecerse de tal forma, que puede llegar a recoger incluso categorías especiales de datos. El documento añade que, en la mayoría de los casos, al usuario no se le proporcionan herramientas para poder evitar de forma efectiva la recogida de datos y no se le ofrecen medios para ejercer los derechos establecidos en el RGPD cuando se recogen o asocian a datos personales.

El estudio incluye un apartado completo con recomendaciones para el usuario, entre las que se encuentran utilizar la opción Do not track del navegador, que permite dejar constancia de que se quiere evitar el seguimiento; instalar bloqueadores, que permiten eludir la publicidad y el rastreo; deshabilitar el uso de Javascript; alternar entre distintos navegadores o ejecutar el acceso a internet en máquinas virtuales. El estudio de la AEPD recuerda que la navegación privada o de incógnito no resulta efectiva para prevenir el seguimiento, proyectando una falsa sensación de seguridad.

El estudio también incluye unas recomendaciones para la industria, tanto para los desarrolladores de productos y servicios, como para aquellas entidades que explotan los datos obtenidos a partir de la huella del dispositivo. En el caso de fabricantes o desarrolladores, el documento afirma que deberían incluir en sus productos las opciones necesarias para que el usuario disponga de capacidades para denegar o aceptar, de forma total o parcial, el uso de estas tecnologías. Además, deberían proporcionar al consumidor los equipos con las máximas opciones de privacidad activadas de forma predeterminada, y que sea el propio usuario quien reduzca esas opciones. Como buena práctica, los navegadores podrían tener activada por defecto la opción Do Not Track.

En el caso de entidades que quieran explotar datos obtenidos a partir de la huella del dispositivo, se indica que el responsable del tratamiento debe abstenerse de recabar y tratar la huella y cualquier otro dato asociado a la misma si el usuario no ha dado su consentimiento. Además, toda aplicación de huella debería chequear el estado de la opción Do Not Track. En términos generales, el estudio recomienda a las entidades que utilizan el fingerprinting contar con los servicios de un Delegado de Protección de Datos, y deberán realizar un análisis de riesgos de protección de datos relativos a los derechos y libertades de los afectados. Si de dicho análisis se deriva que el nivel de riesgo es elevado, será entonces obligada la realización de una Evaluación de Impacto para la Protección de Datos (EIPD) para establecer las medidas necesarias que garanticen la protección de los derechos de los usuarios.

Día de la Protección de Datos

Hoy 28 de enero se celebra el Día de la Protección de Datos.

 

La AEPD anuncia los ganadores de los Premios ‘Protección de Datos 2018’

La AEPD anuncia los ganadores de los Premios ‘Protección de Datos 2018’
dortega
Lun, 01/28/2019

28 de Enero de 2019
La Agencia ha recibido un total de 68 candidaturas en las categorías de ‘Comunicación’, ‘Investigación Emilio Aced’, ‘Buenas prácticas para adaptarse al Reglamento’ y ‘Buenas prácticas educativas para el uso seguro de internet’

(Madrid, 28 de enero de 2019). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha fallado los ‘Premios de Protección de Datos 2018’, que reconocen los trabajos que promueven en mayor medida el conocimiento, la investigación y la difusión del derecho fundamental a la protección de datos.

 En esta edición se han recibido un total de 68 candidaturas, 14 en la categoría de ‘Comunicación’, 11 en la de ‘Investigación Emilio Aced’, 29 en la categoría de ‘Buenas prácticas sobre iniciativas para adaptarse al Reglamento General de Protección de Datos’ (RGPD) y 14 en la de ‘Buenas prácticas educativas en privacidad y protección de datos para un uso seguro de internet’.

Premio de Comunicación

El jurado ha concedido el premio a Mediaset por la campaña realizada para difundir los derechos y obligaciones del Reglamento General de Protección de Datos en sus canales Telecinco, Cuatro, FDF, Energy, Divinity y Be Mad. La campaña de difusión realizada también incluye los vídeos de educación digital emitidos en el canal infantil Boing, orientados al uso responsable de internet y las nuevas tecnologías.

Premio de ‘Investigación en protección de datos personales Emilio Aced’

En esta categoría el jurado ha otorgado el premio principal a Ángel Cuevas Rumín, José González Cabañas y Rubén Cuevas Rumín por su trabajo ‘Análisis y cuantificación del uso de datos sensibles por parte de Facebook’, un análisis sobre las categorías especiales de datos en la red social.

 También ha concedido el accésit a Javier Parra Arnau, Jagdish Prasad Achara y Claude Castelluccia, por su trabajo ‘MyAdChoices. Transparencia y control de la publicidad en línea’, por diseñar una herramienta que tiene como fin permitir a los usuarios averiguar hasta qué punto se explotan sus perfiles de navegación para servirles anuncios, e investigar si los perfiles construidos por las empresas de publicidad revelan patrones de navegación únicos que puedan permitir, eventualmente, la identidad real del usuario.

Premio a las ‘Buenas prácticas en privacidad y protección de datos personales sobre iniciativas para adaptarse al Reglamento europeo de Protección de Datos’

En la modalidad de empresas, asociaciones y fundaciones, el jurado ha concedido el premio, ex aequo, a la Asociación Española de la Economía Digital (ADIGITAL) y a la Asociación Multisectorial de la Información (ASEDIE), por la adaptación del servicio de Lista Robinson al RGPD, y por el Código de conducta del sector infomediario para el tratamiento de datos de carácter personal, respectivamente.

 En relación con la modalidad de entidades del sector público, ha otorgado el premio a la Diputación Provincial de Valencia, por su proyecto de asistencia a las entidades locales para el cumplimiento de la normativa de protección de datos. El jurado reconoce el grado de implicación de la institución, por desarrollar el proyecto principalmente con medios y recursos propios y aportar una propuesta innovadora en lo que se refiere a la formación y apoyo a los Delegados de Protección de Datos en el ámbito local, y especialmente en los municipios más pequeños.

Premio a las ‘Buenas prácticas educativas en privacidad y protección de datos personales para un uso seguro de internet’

En esta categoría, el jurado ha concedido el premio en la modalidad dirigida a centros de enseñanza públicos, concertados y privados de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, al IES Parque Goya, por su programa ‘Ciberayudantes’, en virtud del cual alumnos a partir de 3º de la ESO ofrecen charlas al resto de alumnos de cursos inferiores del propio centro, así como a distintos centros de la zona.

 

 Finalmente, en la modalidad que reconoce el compromiso de personas, instituciones, organizaciones y asociaciones, públicas y privadas que hayan destacado por el impulso y difusión entre los menores de edad de buenas prácticas para un uso seguro de internet, el jurado ha otorgado el premio, ex aequo, a ‘Pantallas Amigas’ -por su proyecto compuesto por varias iniciativas online dirigidas a la protección del colectivo de menores- y a Iván Carrasco Lozano ( Ivangel Music), por la difusión a través de su canal de YouTube de vídeos en los que trata de fomentar la conciencia crítica de los jóvenes para evitar situaciones como el grooming o el ciberbullying.

La Agencia Española de Protección de Datos publica el balance de cumplimiento 2018 de su plan estratégico

La Agencia Española de Protección de Datos publica el balance de cumplimiento 2018 de su plan estratégico.

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Fuente original: Agencia Española de Protección de Datos.