El Esquema Nacional de Seguridad recoge las medidas que debe aplicar el sector público para cumplir con los requisitos del RGPD en este ámbito

El CCN-CERT y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) han establecido un mecanismo de colaboración con el objetivo de ofrecer a las Administraciones Públicas una referencia de cumplimiento normativo en materia de protección de datos y seguridad ante la próxima entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) el 25 de mayo de 2018.

El Esquema Nacional de Seguridad y el RGPD establecen la obligación de que las Administraciones Públicas realicen análisis de riesgos para determinar el posible impacto de los tratamientos de datos sobre los derechos y libertades de las personas y las medidas de seguridad aplicables.

En este sentido, la AEPD ha publicado un documento en el que pone de manifiesto que esas medidas de seguridad −en el caso de las AAPP− estarán marcadas por los criterios establecidos en el Esquema Nacional de Seguridad. El Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos, actualmente en fase de tramitación, lo recoge de la misma forma en su disposición adicional primera.

Fruto de la colaboración, el CCN-CERT y la AEPD han trabajado de forma conjunta para ofrecer una herramienta a las Administraciones Públicas que les permita evaluar de manera sistemática y objetiva los posibles riesgos en materia de protección de datos y de seguridad de la información. Así, la herramienta PILAR incluye desde hoy un módulo de cumplimiento que permite a las AAPP verificar los requisitos establecidos en el RGPD, facilitando la gestión normativa tanto del Reglamento como del Esquema Nacional de Seguridad.

La obligatoriedad de contar con un registro de actividades de tratamiento, designar un Delegado de Protección de Datos o notificar las quiebras de seguridad en caso de producirse son algunos de los aspectos recogidos en este nuevo módulo.

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FUENTE ORIGINAL: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS