Cómo solicitar la eliminación de fotos o vídeos publicados en internet

Tu imagen, tanto una foto como un vídeo en el que apareces, es un dato personal. La difusión de imágenes o vídeos publicados en diferentes servicios de internet sin el consentimiento de las personas que aparecen en ellos, sobre todo en redes sociales, es un tema que se plantea con frecuencia ante la Agencia. La Ley Orgánica de Protección de Datos reconoce a las personas el derecho a que sus datos personales inadecuados o excesivos se supriman cuando así lo soliciten.

La Agencia Española de Protección de Datos tutelará tu derecho de cancelación si, después de haberte dirigido al responsable por un medio que permita acreditarlo, dicho responsable del tratamiento de datos no te ha respondido en el plazo establecido o si consideras que la respuesta no ha sido adecuada.

Qué debes hacer

  • El ejercicio del derecho de cancelación sólo puede solicitarlo el afectado o, en caso de tratarse de menores de 14 años, sus padres o tutores legales.
  • Siempre que las circunstancias lo permitan, es recomendable contactar con quien subió el contenido solicitándole su eliminación. Tanto si optas por dar ese paso como si no lo haces, es imprescindible que te dirijas a la empresa u organismo que está tratando/difundiendo esos datos, en este caso a la red social o página web en la que se han publicado esas imágenes o vídeos, acreditando tu identidad e indicando qué enlaces son los que contienen los datos que quieres cancelar.
  • La empresa debe resolver sobre la solicitud de cancelación en el plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la misma. Transcurrido ese plazo sin que de forma expresa te respondan a la petición o si consideras que esa respuesta es insatisfactoria, puedes interponer la correspondiente reclamación de tutela ante esta Agencia, acompañando la documentación acreditativa de haber solicitado la cancelación ante la entidad de que se trate. Este punto es muy importante, ya que si no puedes acreditarnos que has ejercido en primer lugar tu derecho de cancelación ante quien está tratando/difundiendo esas imágenes o vídeos no podremos ayudarte.

Las redes sociales más populares, por su parte, disponen de mecanismos establecidos para comunicarles vulneraciones de la privacidad o contenidos inapropiados mediante sus propios formularios. A continuación, detallamos algunos de los métodos que ofrecen:

Por último, las personas tienen derecho a solicitar, bajo ciertas condiciones, que los enlaces a sus datos personales no figuren en los resultados de una búsqueda en internet realizada por su nombre. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE confirmó,  como ya venía aplicando la Agencia en sus resoluciones, que las personas tienen derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de sus datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima (en el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información). Puede obtener más información sobre el ejercicio del denominado derecho al olvido y cómo ejercerlo en esta sección.

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FUENTE ORIGINAL: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

La Policía Local de Sevilla desconoce quién accedió a sus grabaciones ilegales

La Policía Local de Sevilla desconoce si alguien pudo acceder a las grabaciones ilegales realizadas a los conductores que fueron sometidos a pruebas de alcoholemia en la Jefatura de la Ranilla. La Policía admite que no hubo control alguno sobre estas grabaciones, no sabe quién pudo acceder a ellas ni tampoco qué uso se ha podido hacer de estas imágenes. Más de cien conductores fueron grabados de manera ilegal este invierno por estas cámaras, colocadas presuntamente por dos intendentes del cuerpo que no tenían autorización alguna para ello.

Así consta en un informe interno firmado por el superintendente Juan José García, en el que se da cuenta con todo detalle de lo ocurrido. El informe, dirigido a la Delegación de Movilidad y Seguridad, expone que la Jefatura tuvo conocimiento de la existencia «de un sistema de grabación de imágenes y voz» a las dos y media de la tarde del día 26 de enero. Este sistema estaba «colocado en la zona de calabozos, donde se realizan las pruebas de alcoholemia» y consistía en «dos cámaras de grabación de imagen y audio, además de un servidor de grabación, cuatro discos duros y cableado».

El superintendente relata que dio la orden de suspender todas las grabaciones un cuarto de hora después de tener conocimiento de la existencia de las cámaras. A las seis de la tarde de ese mismo día, el delegado de Movilidad y Seguridad, Juan Carlos Cabrera, ordena que se retiren los dispositivos de grabación. Al día siguiente, 27 de enero, se procede a la intervención de los cuatro discos duros y al precintado de los mismos, quedando custodiados por el superintendente. «Igualmente, queda intervenido el sistema de grabación y, una vez precintado, queda depositado en las dependencias del servicio técnico de transmisiones».

El informe deja claro que la Jefatura «no ha tenido en ningún momento conocimiento de la instalación de dicho sistema de grabación, al no haber sido comunicado reglamentariamente por los funcionarios que han decidido y ordenado su instalación». Por el mismo motivo, el informe excusa a la Delegación de Seguridad y al Ayuntamiento, que tuvo conocimiento de lo ocurrido una vez que el superintendente supo de la existencia de las cámaras.

La Policía reconoce que la instalación de estos equipos de filmación «no se ajusta a ninguno de los requisitos legalmente exigidos». También admite que las imágenes y grabaciones de voz «han estado sin control por parte de esta Jefatura durante todo el tiempo que transcurrió desde su instalación hasta que se ordenó su retirada». Por lo tanto, se «desconoce igualmente si ha podido haber acceso a esos datos, quiénes han podido acceder a ellos y el uso que de los mismos se haya podido hacer».

El documento añade que el sistema ha venido recogiendo imágenes y voz de todos los ciudadanos que han realizado las pruebas de alcoholemia, desde que se inició la vigilancia hasta que cesaron de realizarse. La investigación interna abierta por la Policía Local determinó que las cámaras se instalaron el 14 de diciembre, con lo que funcionaron casi un mes y medio. En este período grabaron a más de cien conductores de manera ilegal. La Policía insiste en que los equipos de videovigilancia «no constan en ningún tipo de registro público ni tienen publicidad alguna para los ciudadanos afectados, ni para los propios funcionarios que han realizado las pruebas o participado en las custodias y traslados».

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FUENTE DE LA NOTICIA: DIARIO DE SEVILLA

La Agencia de Protección de Datos abre diligencias por los ficheros de la prisión de Huelva

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) inició ayer las actuaciones previas de investigación tendentes a acreditar el abandono de documentos confidenciales de presos de la antigua prisión provincial de Huelva, que se encuentra en estado de abandono y accesible para los transeúntes. La apertura de diligencias, realizada de oficio, según informaron fuentes del ente estatal a esta redacción, se produce tras la publicación ayer en Huelva Información de algunos de los papeles que forman parte del archivo dejado sin custodia en el inmueble, al descubierto y al alcance de cualquier persona durante los últimos años.

Desde la AEPD no se ha valorado el alcance de los hechos. Hasta el momento no constaba ninguna denuncia al respecto y ha sido la publicación de ayer en el periódico la que ha motivado que se actúe ahora de oficio. Esto no significa, aclaran, que se haya abierto ya un expediente ni asegura que el proceso vaya a culminar en sanciones, ya que si no se constata una vulneración en la custodia de los datos se archivaría el caso. Pero es el paso previo a un procedimiento de este tipo.

La legislación que regula el funcionamiento de la AEPD, a través del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que este tipo de actuaciones previas «se orientarán a determinar, con la mayor precisión posible, los hechos que pudieran justificar la incoación del procedimiento, identificar la persona u órgano que pudiera resultar responsable y fijar las circunstancias relevantes que pudieran concurrir en el caso».

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FUENTE DE LA NOTICIA: HUELVA INFORMACIÓN

EE.UU. y la UE llegan a un acuerdo político sobre la transferencia de datos

Bruselas se felicita por haber conseguido «por primera vez garantías escritas» de las autoridades de Washington «a un alto nivel» para que no haya «vigilancia de masa a los europeos» por parte de los servicios secretos estadounidenses

Era cuestión de horas. A la UE y EE.UU. no les quedaba más remedio que entenderse. En juego estaba la protección de datos de los ciudadanos europeos y, al final, en la tarde de este martes ha habido acuerdo sobre el nuevo marco de protección sobre la transferencia de datos personales.

Este «enfrentamiento» viene desde el pasado mes de octubre, cuando elTribunal Europeo de Justicia anuló la decisión de homologar los sistemasnorteamericanos de protección de datos respeto a la legislación europea. Y todo por la querella presentada por el austriaco Maximilian Schrems, fundador de la organización «Europa contra Facebook», a quien la justicia europea le dio razón tras presentar una demanda colectiva contra Facebook,acusada de colaborar con los programas de espionaje masivo de las autoridades de EE.UU. y de hacer un seguimiento de los datos de los usuarios ,algo que considera ilegal la legislación de Europa.

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FUENTE ORIGINAL: ABC.ES

Protección de datos: la asignatura pendiente

Una tesis doctoral analiza este derecho fundamental y su aplicación al mundo de las cofradías, donde confluye con otro derecho clave: la libertad religiosa.

Las hermandades tienen mucho trabajo que hacer para proteger correctamente los datos personales de sus hermanos. A esta conclusión ha llegado el abogado Felipe García de Pesquera Gago tras estudiar este complejo asunto en su tesis doctoral Régimen Jurídico de la protección de datos de carácter personal: aplicación a las Hermandades y Cofradías, que ha realizado bajo la dirección de Francisco Oliva Blázquez y que defendió el pasado viernes en la Universidad Pablo de Olavide, recibiendo la calificación de sobresaliente cum laude y encendidos elogios. Aunque se está avanzando en este tema, García de Pesquera ve importantes lagunas. Unas deficiencias que ya se están indicando desde el Arzobispado a las cofradías y cuya regulación quedará recogida en las próximas Normas Diocesanas.

García de Pesquera decidió escribir esta tesis doctoral cuando hizo un máster en Derecho y Nuevas Tecnologías y, además, empujado por su gran vinculación con las cofradías, en las que ha ocupado diversos cargos de gobierno: «Una de las asignaturas era la de Protección de Datos. En lo primero que pensé fue en las solicitudes de ingreso de las hermandades. También me acordé de lo que ocurrió en una hermandad cuando no le quisieron dar el censo a uno de los candidatos en las elecciones. Este tema es complejo porque afecta a dos derechos fundamentales: la Libertad Religiosa y la Protección de Datos. Es una cuestión que atañe a decenas de miles de personas«.

Lo primero que hizo fue enviar unas encuestas a las hermandades. Recibió respuesta de hermandades de Sevilla, Málaga, Ciudad Real… Esto le sirvió para sacar las primeras conclusiones: «Hay muchas que reconocen que no cumplen. Otras hacen un gran esfuerzo y algunas actúan como si no les afectara«. A partir de este trabajo de campo ha tratado de fijar unos criterios generales que sirvan para que las hermandades sepan cómo hay actuar para adaptarse a la normativa y no vulnerar los derechos de los hermanos. García de Pesquera ha acogido la recomendación del Tribunal para elaborar un manual que sirva de guía para que las hermandades, independientemente de su localización geográfica o posibilidades económicas, puedan adaptarse a la normativa de protección de datos.

Uno de los fallos más comunes, como revelaron las encuestas, es que la mitad de las cofradías no habían inscrito los ficheros en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos. «En este sentido, hay diferencias entre una hermandad de mayor tamaño y una pequeña. La inscripción es gratuita, no es un problema económico sino de desconocimiento». El deber de información es uno de los principios fundamentales sobre los que se asienta la ley. Este principio es, a la vez que una obligación para los responsables de los tratamientos, un derecho de los titulares de los datos. García de Pesquera afirma que habría que modificar las solicitudes de ingreso para cumplir con el artículo 5: Derecho de información en la recogida de datos. «La mayoría están mal hechas. Sería necesario incluir esa coletillla para informar de la existencia del fichero en el que se incluyen los datos… Es algo relativamente sencillo». Otra cuestión importante es la seguridad de los datos: las medidas adoptadas deben reflejarse en el documento de seguridad que es obligatorio para todos los ficheros o tratamientos.

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FUENTE ORIGINAL DIARIO DE SEVILLA

La AEPD presenta dos nuevas guías educativas para no cometer ni ser víctima de conductas delictivas en internet

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado dos nuevas guías, una dirigida a menores y otra a padres y profesores, para sensibilizar acerca de las graves consecuencias de determinadas conductas realizadas en internet. En las guías didácticas se explica de forma detallada y con ejemplos prácticos cómo una utilización inadecuada de la información personal puede ser no sólo una infracción de la normativa de protección de datos sino que puede ser constitutiva de un delito, en ocasiones por desconocimiento.

El objetivo es que estas guías se utilicen tanto en las aulas como en casa para propiciar un ambiente de concienciación que contribuya a evitar tanto que los menores puedan cometer un delito como que favorezcan la comisión del mismo por parte de terceros con su propia conducta y sin ser conscientes de ello. La finalidad es prevenir que los menores se vean involucrados ensituaciones de riesgo que cuando traspasan el mundo offline, debido al efecto multiplicador de la Red, producen un daño difícil de reparar.

La presentación de este material se enmarca en la Jornada ‘Menores, privacidad y conductas delictivas’, celebrada hoy, con la que la Agencia conmemora la décima edición del Día Europeo de Protección de Datos. Las guías han sido elaboradas por la Agencia y han contado con el apoyo de los ministerios de Educación, Justicia, Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) e Industria (INCIBE), y las Fiscalías de Menores y Criminalidad Informática. Estos materiales refuerzan el proyecto ‘Tú decides’, un entorno de consulta y apoyo diseñado para menores, así como para padres y profesores.

La Agencia considera imprescindible que los jóvenes posean información adaptada a su edad acerca de las consecuencias que determinadas conductas online pueden acarrear para ellos mismos, sus familiares y otras personas, ya sea por desconocimiento o una falsa sensación de impunidad o anonimato. La primera guía, ‘Sé legal en internet’, dirigida a jóvenes, incluye ocho fichas didácticas en las que se tratan aspectos como la importancia de los datos personales que se comparten y quién pueden verlos, las consecuencias de perder el móvil o de olvidar cerrar la sesión en una red social o las implicaciones de reenviar un vídeo en el que aparecen otras personas, ya sean compañeros o profesores. Asimismo, trata de que los menores reflexionen acerca de cómo se sentirían si, por ejemplo, se difundiera un vídeo en el que aparecen cambiándose de ropa, se comentaran detalles de su enfermedad en una red social, o recibieran amenazas para facilitar datos bancarios de sus familiares.

En las fichas también se explica qué es el ciberbullying, el ciberbaiting, el grooming y el sexting, figuras que podrían llegar a ser delitos, y ofrece consejos para evitar ser objeto de estas conductas o convertirse en partícipe de las mismas. Y, en todo caso, destaca la importancia de que los menores no permitan que nadie les acose, no participen en el acoso a otras personas, ni consientan que se acose a terceros.

El proyecto incluye una segunda guía, ‘Enséñales a ser legales en internet’, dirigida a familiares, profesores y personas próximas al menor, que sirve de complemento a las fichas dirigidas a menores y que facilita orientaciones y pautas útiles en su labor de educación y formación.

La Agencia ha elegido esta temática ante las advertencias de los expertos acerca del incremento de los delitos cometidos por menores a través de internet, y en especial, aquellos que tienen vinculación con el uso de la información personal. Según un estudio de la Comisión Europea, el 50% de los menores de 12 años tiene perfil en las redes sociales y 4 de cada 10 se han visto implicados en situaciones de riesgo en internet. En esta línea, un estudio de la Universidad de Oviedo, realizado con jóvenes de entre 11 y 19 años, concluye que el 90% “comete, padece o conoce” casos de ciberacoso.

Proyecto global de concienciación

Este nuevo material didáctico, que se suma a las guías ‘No te enredes en internet’, y ‘Guíales en internet’, se incorpora a la web‘Tú decides’. Estos recursos forman parte de un proyecto global de la Agencia, con varias líneas de actuación, que considera la protección de los menores como un tema prioritario. La Agencia dispone de un canal de comunicación para familias, profesores y menores que permite contactar mediante correo electrónico (canaljoven@agpd.es), un teléfono específico de atención (901 233 144) y un sistema de WhatsApp (616 172 204) para informar y asesorar sobre cuestiones relacionadas con la privacidad. El proyecto se enmarca en el convenio suscrito el pasado octubre con el Ministerio de Educación para impulsar la formación y sensibilización de los menores en esta materia, en especial en internet.

Entre las actuaciones adicionales previstas por la AEPD en este campo se encuentra la elaboración de una guía práctica para los centros docentes y las universidades con el fin de resolver sus dudas en relación la protección de datos y la privacidad.

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FUENTE ORIGINAL: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

La AEPD concede los premios de comunicación ‘’Protección de Datos 2015’’ a la Agencia EFE y al diario El País

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha fallado los ‘Premios de Protección de Datos 2015’, que este año alcanzan su XIX edición. Estos galardones, cuya entrega tendrá lugar en el marco de la ‘8ª Sesión Anual Abierta de la AEPD’, reconocen los trabajos que promueven en mayor medida el conocimiento y la investigación del derecho fundamental a la protección de datos.

De un total de 37 candidaturas presentadas, 19 en la categoría de Comunicación y 18 en la de Investigación, el jurado –compuesto por el Consejo Consultivo de la AEPD– ha concedido el premio principal de comunicación ex aequo a las periodistas Violeta Molina y Amaya Quincoces por sus informaciones relacionadas con la privacidad y la protección de datos elaboradas para EFE Futuro, un proyecto de la Agencia EFE, en las que abordaron temas como el futuro Reglamento europeo, el Big data o el denominado ‘derecho al olvido’, entre otros.

Asimismo, el jurado ha otorgado un accésit a Ángel Luis Sucasas por sus reportajes publicados en el diario El País y en elpais.com dedicados, entre otros aspectos, a la protección de datos de los menores o a los retos del Internet de las Cosas.

En la categoría de Investigación, el jurado ha otorgado el premio en su modalidad de trabajos originales e inéditos a Amaya Noain Sánchez por su trabajo ‘La protección de la intimidad y la vida privada en internet’, mientras que se ha concedido un accésit dentro de la misma modalidad a Elena Gil González, por su trabajo ‘Big Data, privacidad y protección de datos’.

Finalmente, en la modalidad de investigación sobre trabajos originales e inéditos que tratan acerca del derecho a la protección de datos en países iberoamericanos, el jurado ha premiado a la candidatura de Luis Fernando Cote Peña, por su trabajo sobre la Ley Estatutaria de Protección de Datos de Colombia y la NTC-ISO-IEC 27001-2013.

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FUENTE ORIGINAL: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

28 de enero – Día de la Protección de Datos en Europa

El día de la Protección de Datos en Europa es una jornada impulsada por la Comisión Europea, el Consejo de Europa y las autoridades de Protección de Datos de los estados miembros de la Unión Europea, con el objetivo de promover el conocimiento entre los ciudadanos acerca de cuáles son sus derechos y responsabilidades en materia de protección de datos.

La creación del Día de la Protección de Datos se remonta a 2006, año en que el Comité de Ministros del Consejo de Europa estableció el 28 de enero como efeméride para festejar el Día de la Protección de Datos en Europa, en conmemoración del aniversario de la firma del Convenio 108, piedra angular de la protección de datos en Europa.

El Consejo de Transparencia contará en 2016 con 1,2 millones para su puesta en marcha

El vicepresidente de la Junta y consejero de la Presidencia y Administración Local, Manuel Jiménez Barrios, ha señalado que la puesta en marcha del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía contará con una sección presupuestaria en el Presupuesto de Andalucía para 2016 dotada de algo más de 1,2 millones de euros. En este sentido, ha subrayado que se trata de una cantidad inscrita en un marco de “austeridad”, ya que, según ha explicado, este Consejo se dotará de contenido “con funcionarios de la propia Administración y, por tanto, con personal que ya existe”.

El vicepresidente también se ha referido a la designación por el Parlamento de Manuel Medina Guerrero, como director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. En este sentido, ha destacado que este nombramiento se haya realizado “sin votos en contra” en la Cámara, a diferencia del nombramiento del director del Consejo de Transparencia, previsto en la ley estatal, que no es designado por la Cámara y corresponde, directamente, al Gobierno central.

De esta forma, ha indicado que este órgano, una vez nombrado su director, tiene la obligación de poner en marcha los mecanismos previstos por la ley y que, “durante el mes de enero, se pondrá en marcha el Consejo”. Así, ha señalado que se están “dando los pasos necesarios para que, en el primer semestre del año, este órgano pueda tener conformada su pequeña estructura”, que garantice la puesta en marcha de un Consejo previsto por la ley de Transparencia, del que ha destacado que no sólo tendrá funciones de control, sino que incluso cuenta con posibilidades sancionadoras, a diferencia del órgano homólogo previsto en la ley de Transparencia nacional….

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FUENTE ORIGINAL: GRANADADIGITAL.ES

Elegido el director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía

El Pleno del Parlamento designa esta semana a D. Manuel Medina Guerrero, catedrático de Derecho Constitucional, director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, después de que la Comisión consultiva de Nombramientos, Relaciones con el Defensor del Pueblo andaluz y Peticiones de la Cámara declarara por unanimidad su idoneidad para el cargo el día 10, aunque sin la presencia de ningún representante de IULV-CA. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía es una autoridad independiente.

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FUENTE ORIGINAL; DIARIO DE JAÉN