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Las cofradías tendrán que pedir el consentimiento expreso a los hermanos por sus datos

La nueva ley de Protección de Datos que entrará en vigor próximamente afectará en gran medida a las hermandades, que tendrán que cambiar su modelo de gestión para evitar incurrir en cuantiosas sanciones en caso de la denuncia de algún hermano. El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el proyecto de ley que, de no sufrir modificaciones, obligará a las corporaciones a que para hacer uso de los datos de los miembros, debe existir el consentimiento expreso de éstos, por escrito. La nueva normativa entró en vigor en 2016 pero el reglamento europeo de protección de datos será plenamente aplicable a partir del 25 de mayo de 2018.

Según ha explicado a ABC de Sevilla el profesor universitario en el CEU Andalucía y experto en Privacidad, Felipe García Pesquera, «hay tres novedades que se aplicarán seguro ya que vienen especificadas por el reglamento europeo».

Menores de edad

Una vez entre en vigor esta nueva ley, los menores de edad con 13 años cumplidos podrán ejercitar el derecho a la protección de datos. Esto supone, por ejemplo, que cualquier niño con esa edad pueda hacerse hermano de una cofradía sin el consentimiento paterno y que, sus padres o tutores, no podrán inscribirlo en ninguna hermandad sin su permiso. García Pesquera señala que esta nueva normativa tiene su raíz en el uso de las redes sociales por parte de los menores y que, según la legislación actual, los menores pueden ejercitar estos derechos con 14 años.

Consentimiento expreso

Quizá sea el principal caballo de batalla en las hermandades en este aspecto en los próximos meses. Hasta ahora, en España se aplicaba el consentimiento tácito a la hora de hacer uso de los datos. Esto, con la nueva ley y el reglamento europeo desaparece. «¿Qué supone esto? Que a partir de ahora, las cofradías tendrán que pedirle a todos sus hermanos que le firmen una autorización para el manejo y cesión de sus datos, como por ejemplo para un censo a un candidato a unas elecciones, al Arzobispado, a la compañía de seguros si son costaleros o, simplemente, para ponerlo en el boletín», afirma el profesor.

Delegado de protección de datos

Otra de las novedades que traerá la nueva ley será la creación de una nueva figura: el delegado de protección de datos, alguien encargado de la privacidad. Será una figura obligatoria en función del volumen de facturación o en el manejo de datos sensibles, como pueden ser los religiosos.

En este sentido, García Pesquera apunta que «no existe todavía ninguna hermandad que esté adaptada a la nueva ley. Sí hay algunas que se adaptaron en su momento a la de 1999, pero esto va a cambiar considerablemente». El próximo mes de enero ofrecerá una charla para los hermanos mayores en el Consejo donde informará de estos asuntos.

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FUENTE ORIGINAL: PASIÓN EN SEVILLA DE ABC DE SEVILLA

Protección de datos: la asignatura pendiente

Una tesis doctoral analiza este derecho fundamental y su aplicación al mundo de las cofradías, donde confluye con otro derecho clave: la libertad religiosa.

Las hermandades tienen mucho trabajo que hacer para proteger correctamente los datos personales de sus hermanos. A esta conclusión ha llegado el abogado Felipe García de Pesquera Gago tras estudiar este complejo asunto en su tesis doctoral Régimen Jurídico de la protección de datos de carácter personal: aplicación a las Hermandades y Cofradías, que ha realizado bajo la dirección de Francisco Oliva Blázquez y que defendió el pasado viernes en la Universidad Pablo de Olavide, recibiendo la calificación de sobresaliente cum laude y encendidos elogios. Aunque se está avanzando en este tema, García de Pesquera ve importantes lagunas. Unas deficiencias que ya se están indicando desde el Arzobispado a las cofradías y cuya regulación quedará recogida en las próximas Normas Diocesanas.

García de Pesquera decidió escribir esta tesis doctoral cuando hizo un máster en Derecho y Nuevas Tecnologías y, además, empujado por su gran vinculación con las cofradías, en las que ha ocupado diversos cargos de gobierno: «Una de las asignaturas era la de Protección de Datos. En lo primero que pensé fue en las solicitudes de ingreso de las hermandades. También me acordé de lo que ocurrió en una hermandad cuando no le quisieron dar el censo a uno de los candidatos en las elecciones. Este tema es complejo porque afecta a dos derechos fundamentales: la Libertad Religiosa y la Protección de Datos. Es una cuestión que atañe a decenas de miles de personas«.

Lo primero que hizo fue enviar unas encuestas a las hermandades. Recibió respuesta de hermandades de Sevilla, Málaga, Ciudad Real… Esto le sirvió para sacar las primeras conclusiones: «Hay muchas que reconocen que no cumplen. Otras hacen un gran esfuerzo y algunas actúan como si no les afectara«. A partir de este trabajo de campo ha tratado de fijar unos criterios generales que sirvan para que las hermandades sepan cómo hay actuar para adaptarse a la normativa y no vulnerar los derechos de los hermanos. García de Pesquera ha acogido la recomendación del Tribunal para elaborar un manual que sirva de guía para que las hermandades, independientemente de su localización geográfica o posibilidades económicas, puedan adaptarse a la normativa de protección de datos.

Uno de los fallos más comunes, como revelaron las encuestas, es que la mitad de las cofradías no habían inscrito los ficheros en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos. «En este sentido, hay diferencias entre una hermandad de mayor tamaño y una pequeña. La inscripción es gratuita, no es un problema económico sino de desconocimiento». El deber de información es uno de los principios fundamentales sobre los que se asienta la ley. Este principio es, a la vez que una obligación para los responsables de los tratamientos, un derecho de los titulares de los datos. García de Pesquera afirma que habría que modificar las solicitudes de ingreso para cumplir con el artículo 5: Derecho de información en la recogida de datos. «La mayoría están mal hechas. Sería necesario incluir esa coletillla para informar de la existencia del fichero en el que se incluyen los datos… Es algo relativamente sencillo». Otra cuestión importante es la seguridad de los datos: las medidas adoptadas deben reflejarse en el documento de seguridad que es obligatorio para todos los ficheros o tratamientos.

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