Ejercicio del derecho de oposición frente a la publicación de datos personales en procesos selectivos de empleados públicos

La AEPD respalda que se atienda la petición de un candidato que solicita que en los listados sólo se publique su número de DNI pero no asociado a su nombre y apellidos.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado un informe en el que examina en qué medida una persona puede oponerse a que se difundan su nombre y apellidos cuando se presenta a un proceso selectivo de la Administración Pública. El dictamen de la Agencia especifica que este tipo de procedimientos selectivos están presididos por los principios de transparencia y publicidad como garantes del principio de igualdad. De hecho, la Audiencia Nacional ha ponderado el principio de publicidad con la protección de datos de carácter personal, llegando a la conclusión de que durante la tramitación del proceso selectivo debe prevalecer el primero. En consecuencia, la AEPD recoge en su informe que no cabría ejercitar el derecho de oposición respecto de los datos de carácter personal que sean necesarios para el cumplimiento del principio de publicidad y transparencia del proceso selectivo. Para ello, deberán examinarse qué datos se están publicando y hasta qué punto son necesarios para el cumplimiento de dichos principios. Es decir, en este punto existe una ley que, al consagrar el principio de publicidad, expresamente prevé el tratamiento de datos de carácter personal, sin que pueda cesarse en el tratamiento para lograr el buen fin del proceso selectivo. Y se entiende implícitamente otorgado el consentimiento para el tratamiento de datos al aceptar las bases y efectuar la solicitud de participación. Por último, el texto plantea si cabe la sustitución, en las diferentes fases del procedimiento selectivo que vayan a ser publicadas, del nombre y apellidos por el DNI para concluir que, con carácter general, podrá sustituirse el nombre y apellidos por el DNI puesto que el mismo tiene suficiente valor, por sí solo, para acreditar la identidad de las personas. La Agencia considera que al incluirse dicho número sin indicación del nombre y apellidos de su titular se está dando adecuado cumplimiento al principio de proporcionalidad.

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FUENTE ORIGINAL: HUELVA INFORMACIÓN

La Agencia de Protección de Datos investiga al Ministerio

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tiene abierta una investigación formal para determinar si la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, ha incurrido en una infracción por el supuesto abandono de documentos confidenciales de presos de la antigua cárcel provincial de Huelva.

El ente estatal ha abierto un procedimiento de administraciones públicas, indicado para este caso, después de apreciar indicios de infracción durante las actuaciones previas de investigación, iniciadas el pasado 9 de febrero tras recoger Huelva Información la aparición de fichas de internos y otros documentos con datos personales en dependencias del edificio abandonado de la antigua cárcel onubense.

Fuentes de la AEPD indicaron a este diario que la Inspección de datos está al frente de la investigación, que determinará si se ha producido alguna infracción. En ese caso, aseguran, se instaría al Ministerio del Interior a que tome las medidas necesarias para corregirlo, sin que genere sanciones económicas, aunque se pondría en conocimiento de los hechos a otras instancias, como el Defensor del Pueblo.

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