La UE permite instalar cámaras en la vivienda reiteradamente dañada para ‘cazar’ al agresor

Defender tu vida, tu salud y tus bienes, frente al derecho del agresor de proteger sus datos personales es la disyuntiva que acaba de resolver el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia dictada hoy.

El Alto Tribunal llega a una solución ecuánime: si bien la Directiva sobre Protección de Datos prohíbe la grabación con una cámara de vídeo instalada por una persona en la vivienda familiar y dirigida hacia la vía pública, también hay que tener en cuenta otros artículos de la norma que permiten tratar datos personales sin el consentimiento del interesado «cuando es necesario para satisfacer un interés legítimo del responsable del tratamiento de esos datos».

En concreto, explica el TJUE que la vigilancia mediante videocámara que incluya la grabación y el almacenamiento de datos personales está comprendida en el ámbito de aplicación de la Directiva, puesto que constituye un tratamiento automatizado de esos datos.

De ahí que, explica, grabar lo que otra persona haga en la vía pública no puede considerarse «una actividad exclusivamente personal o doméstica» que se encuentra excepcionada en la Directiva en lo que atañe al tratamiento de datos efectuados por una persona física.

Ahora bien, dicho esto sostiene que el órgano jurisdiccional nacional «debe al mismo tiempo tener en cuenta que las disposiciones de la Directiva permiten valorar el interés legítimo del responsable del tratamiento de los datos en proteger sus bienes, salud y vida, así como los de su familia».

Años de agresiones

En el caso concreto estudiado por el TJUE, un ciudadano checo, ante las conctinuas agresiones que había sufrido, tanto él como su familia, durante años por parte de un desconocido, decidió instalar en la vivienda familiar un sistema de videocámara que filmaba imágenes de la entrada de la propia vivienda, de la vía pública y de la entrada a la vivienda situada enfrente.

Además, las ventanas de la vivienda habían sido destrozadas en varias ocasiones. Precisamente, una noche un proyectil lanzado con un tirachinas rompió una de las ventanas de la casa y las grabaciones de la cámara de vídeo entregadas a la policía permitieron identificar a dos sospechosos, contra quienes se incoaron procedimientos penales.

No obstante, uno de ellos cuestionó ante la Agencia checa de protección de datos personales la legalidad del tratamiento de los datos grabados por la videocámara. La Agencia comprobó que se había infringido efectivamente las normas en materia de protección de los datos de carácter personal, y multó al dueño de la vivienda. A este respecto, la Agencia hizo constar, entre otros extremos, que los datos del sospechoso habían sido grabados sin su consentimiento mientras que éste se encontraba en la vía pública, es decir, en aquella parte de la calle situada delante de la vivienda.

Al conocer en casación del litigio el Tribunal Supremo checo, suspendió el proceso para acudir al Tribunal de Justicia de la UE.

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FUENTE: EL ECONOMISTA

La AEPD rediseña su web e incorpora nuevas secciones y contenidos que refuerzan la transparencia

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha puesto en marcha hoy su nueva página web con un rediseño que incluye una estructura mejorada y actualizada, nuevos contenidos y una navegación adaptada a dispositivos móviles. El objetivo es ofrecer tanto a ciudadanos como a organizaciones una visión más ágil y completa de los proyectos realizados por la Agencia mediante una estructura intuitiva y una navegación simplificada.

La nueva web cuenta con un diseño más atractivo que facilita la localización de la información a los usuarios reservando la parte superior, por un lado, para las novedades destacadas y, por otro, para dos de las áreas de mayor importancia en la Agencia: que los ciudadanos conozcan el contenido de sus derechos y cómo ejercerlos, y facilitar a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones. A estos módulos se añaden dos nuevos espacios dinámicos que facilitan la divulgación y promoción del derecho fundamental a la protección de datos. El primero, ubicado a continuación, incluye un acceso directo a herramientas propias de la Agencia. El segundo, en la parte inferior de la página, facilitará la presencia en la portada de recursos de utilidad como Guías y publicaciones, Dudas frecuentes, Legislación, Informes o Resoluciones, entre otros.

Los temas destacados y la actualidad también disponen de un espacio importante en la  nueva home. Estos apartados permiten localizar y conocer de forma sencilla proyectos y  actividades realizadas por la Agencia, así como acceder rápidamente a nuevas secciones o  documentos que se consideren de especial interés. Un ejemplo de ello es el reciente  lanzamiento de la sección monográfica sobre cookies, que obtiene de esa forma un espacio  diferencial en la portada.

El nuevo portal ha sido desarrollado con un diseño web (responsive web design) que permite que la página se adapte a diferentes resoluciones de pantalla ajustando su estructura en cada caso. De este modo, la web modificará su diseño en función de si se accede a ella desde un ordenador, una tableta o un móvil, ofreciendo una navegación optimizada en todos los dispositivos.

La Agencia

En paralelo al cambio de diseño, la AEPD también ha renovado sus contenidos y, además de la actualización de diferentes secciones, destaca como principal novedad la sección La Agencia, un espacio orientado a reforzar la transparencia y que permite conocer tanto la información organizativa e institucional de la Agencia Española de Protección de Datos como la actividad que desarrolla y la administración y empleo de los recursos públicos. Con el lanzamiento de esta nueva sección, la AEPD atiende en su propia web las obligaciones derivadas del principio de publicidad activa requeridas por la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, sin perjuicio de su participación en el Portal de la Transparencia como Unidad Singular.

Los contenidos de la sección La Agencia están estructurados en cuatro grandes áreas: Información institucional y organizativa, Gestión económico financiera, Recursos humanos Datos de interés. A estos espacios se añaden tres secciones adicionales que recogen los premios concedidos por la institución, la actividad de la AEPD y un formulario para todos aquellos ciudadanos que deseen solicitar información adicional. Este formulario se suma a los procedimientos electrónicos que ya estaban habilitados en la Sede electrónica de la Agencia, y que permiten desde la presentación de denuncias o reclamaciones a la consulta de solicitudes, quejas o sugerencias.

La remodelación puesta en marcha hoy por la Agencia Española de Protección de Datos supone un punto y seguido en la promoción de este derecho fundamental y la transparencia de la Institución. A la incorporación de datos adicionales en la sección La Agencia se sumará una mejora progresiva del buscador interno de la web, que se encuentra por el momento en fase de pruebas y sobre el que se profundizará en los próximos meses.

VISITA LA WEB: www.agpd.es

Las agencias de protección de datos aprueban una guía para aplicar el derecho al olvido en Europa

El Grupo de Autoridades europeas de protección de datos (GT29) ha aprobado una guía con 25 puntos  para que existan criterios comunes a la hora de aplicar el llamado ‘derecho al olvido’, es decir, que los buscadores de Internet eliminen enlaces obsoletos que perjudiquen al ciudadano previa petición y examen de cada caso.

El documento que se ha aprobado pretende aclarar la aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 13 de mayo sobre el ‘derecho al olvido’, que ha llegado a considerarse difusa.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ha sido ponente del texto, ha informado de algunos de los principales puntos de la nueva guía en base a la sentencia del alto tribunal europeo.

Noticia completaFUENTE: RTVE